Secretaría de Educación Pública
Instituto Nacional del Derecho de Autor
CONVOCATORIA
PUBLICA Y ABIERTA No. 01/2012
Los Comités Técnicos de Selección del Instituto Nacional del Derecho de Autor, con fundamento en los artículos
21, 25, 26, 28, 37 y 75, fracción III de
Convocatoria pública y abierta del concurso para ocupar las siguientes
plazas vacantes del Sistema del Servicio Profesional de Carrera en
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Nombre del
puesto |
SUBDIRECTOR DE CONTROL
DE PROCESOS |
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Código de
puesto |
11-I00-1-CFNA002-0000014-E-C-U |
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Nivel administrativo |
SUBDIRECTOR DE AREA |
Número de vacantes |
UNA |
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Sueldo bruto |
$28,664.16
(veintiocho mil seiscientos sesenta y cuatro pesos 16/100 M.N.) |
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Adscripción del puesto |
INSTITUTO NACIONAL DEL
DERECHO DE AUTOR |
Sede |
MEXICO, D.F. |
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Funciones principales |
OBJETIVO
1.-
Coordinar la integración de los expedientes relativos a los procedimientos
arbitrales mediante el control y seguimiento de la documentación respectiva
para agilizar su consulta cuando se requiera. Función 1.1.- Validar la
integración de los expedientes relativos a los procedimientos arbitrales. OBJETIVO
2.-
Asesorar a los grupos arbitrales en la práctica de inspección y diligencias
mediante la aplicación y seguimiento
de la normatividad correspondiente para la atención de los casos presentados. Función 2.1.- Proporcionar el apoyo
necesario al grupo arbitral en la substanciación de los procedimientos de
arbitraje para el cumplimiento de la normatividad correspondiente. Función 2.2.- Designar de entre la
lista publicada en el Diario Oficial de la Federación a los árbitros, siempre
y cuando las partes no logren acuerdo o en caso de ausencia absoluta o
temporal del algún árbitro, para garantizar la imparcialidad en dicho
procedimiento. OBJETIVO
3.-
Coordinar la admisión y desahogo de pruebas
e informes del procedimiento arbitral mediante la aplicación y
seguimiento de la normatividad correspondiente para la resolución de los
casos respectivos. Función 3.1.- Admitir y desahogar
pruebas e informes en los procedimientos arbitrales para su resolución. Función 3.2.- Vigilar el resguardo
de los escritos, pruebas y demás documentos que obren en los expedientes
respectivos. OBJETIVO
4.-
Verificar el proyecto de acuerdo de la lista de árbitros y el arancel para el
pago de honorarios del grupo arbitral para su publicación en el Diario
Oficial de la Federación, mediante el control y seguimiento de la
documentación respectiva. Función 4.1.- Analizar la lista de
las personas que fungirán como árbitros y el arancel. Función 4.2.- Plantear al director
de área el arancel y la lista de las personas que fungirán como árbitros. |
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Perfil |
Escolaridad |
Area
General:
Ciencias Sociales y Administrativas Carreras
Genéricas: Derecho |
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Grado de
avance escolar: Licenciatura o Profesional Titulado (se acreditará con la
exhibición del título registrado en la Secretaría de Educación Pública y/o,
en su caso, mediante la presentación de la cédula profesional
correspondiente, expedida por dicha autoridad). |
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Experiencia
laboral |
Mínimo tres
años de experiencia en: Area
General:
Ciencias Jurídicas y Derecho Area de
experiencia requerida: Derecho y Legislación Nacionales |
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Habilidades gerenciales |
1. Trabajo en Equipo 2. Visión Estratégica |
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Conocimientos técnicos |
1. Ley Federal del Derecho de Autor 2. Normatividad Relacionada y Supletoria aplicable en Materia
Autoral |
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Idiomas
extranjeros |
No Requerido |
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Otros |
Disponibilidad para viajar |
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Conformación
de la prelación para acceder a la entrevista con el Comité de Selección |
Para esta plaza en concurso, el
Comité Técnico de Selección determinó entrevistar hasta 05 (cinco)
candidatos, conforme al orden de prelación que elabora el sistema trabajaen,
con base en los puntajes globales de los concursantes. |
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Nombre del
puesto |
JEFE DE DEPARTAMENTO DE
REGISTRO DE SOCIEDADES DE GESTION COLECTIVA |
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Código de
puesto |
11-I00-1-CFOA001-0000090-E-C-U |
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Nivel administrativo |
JEFE DE DEPARTAMENTO |
Número de vacantes |
UNA |
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Sueldo bruto |
$17,046.25
(diecisiete mil cuarenta y seis pesos 25/100 M.N.) |
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Adscripción del puesto |
INSTITUTO NACIONAL DEL
DERECHO DE AUTOR |
Sede |
MEXICO, D.F. |
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Funciones principales |
OBJETIVO 1.- Revisar el dictamen de
registro de los documentos relativos a las sociedades de gestión colectiva y
la procedencia o improcedencia de pactos o convenios que celebren las SGC
mexicanas con las sociedades extranjeras, los usuarios y los de
representación. Función 1.1.- Emitir los
certificados correspondientes. OBJETIVO
2.-
Proporcionar la información y emisión de copias certificadas que los usuarios
en general y las autoridades administrativas y judiciales soliciten sobre los
asientos registrales para aplicar la normatividad correspondiente. Función 2.1.- Verificar que la
información proporcionada sea la misma que obra en el archivo del Registro
Público y que no caiga en los supuestos del Articulo 164 de la Ley Federal
del Derecho de Autor. Función 2.2.- Expedir las copias
certificadas que soliciten los usuarios en general o las autoridades
respectivas. |
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Perfil |
Escolaridad |
Area
General:
Ciencias Sociales y Administrativas Carreras
Genéricas: Derecho |
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Grado de
avance escolar: Licenciatura o Profesional Titulado (se acreditará con la
exhibición del título registrado en la Secretaría de Educación Pública y/o,
en su caso, mediante la presentación de la cédula profesional
correspondiente, expedida por dicha autoridad). |
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Experiencia
laboral |
Mínimo tres
años de experiencia en: Area
General:
Ciencias Jurídicas y Derecho Area de
experiencia requerida: Derecho y Legislación Nacionales |
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Habilidades gerenciales |
1. Trabajo en Equipo 2. Orientación a Resultados |
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Conocimientos técnicos |
1. Ley Federal del Derecho de Autor 2. Normatividad Relacionada y Supletoria aplicable en Materia
Autoral |
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Idiomas
extranjeros |
No Requerido |
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Otros |
No Requerido |
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Conformación
de la prelación para acceder a la entrevista con el Comité de Selección |
Para esta plaza en concurso, el
Comité Técnico de Profesionalización determinó entrevistar hasta 05 (cinco)
candidatos, conforme al orden de prelación que elabora el sistema Trabajaen,
con base en los puntajes globales de los concursantes. |
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Nombre del
puesto |
JEFE DE DEPARTAMENTO DE
SANCIONES |
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Código de
puesto |
11-I00-1-CFOA001-0000029-E-C-U |
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Nivel administrativo |
JEFE DE DEPARTAMENTO |
Número de vacantes |
UNA |
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|
Sueldo bruto |
$17,046.25
(diecisiete mil cuarenta y seis pesos 25/100 M.N.) |
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Adscripción del puesto |
INSTITUTO NACIONAL DEL
DERECHO DE AUTOR |
Sede |
MEXICO, D.F. |
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Funciones principales |
OBJETIVO
1.-
Determinar las medidas correctivas que procedan a las violaciones al derecho
de autor y derechos conexos para aplicar la normatividad. Función 1.1.- Requerir y analizar
los informes y datos de operación de las sociedades de gestión colectiva. Función 1.2.- Elaborar el proyecto
de recomendación de medidas correctivas para las sociedades de gestión
colectiva. |
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Perfil |
Escolaridad |
Area
General:
Ciencias Sociales y Administrativas Carreras
Genéricas: Derecho |
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Grado de
avance escolar: Licenciatura o Profesional Titulado (se acreditará con la
exhibición del título registrado en la Secretaría de Educación Pública y/o,
en su caso, mediante la presentación de la cédula profesional
correspondiente, expedida por dicha autoridad). |
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Experiencia
laboral |
Mínimo tres
años de experiencia en: Area
General:
Ciencias Jurídicas y Derecho Area de
experiencia requerida: Derecho y Legislación Nacionales |
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Habilidades gerenciales |
1. Trabajo en Equipo 2. Orientación a Resultados |
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Conocimientos técnicos |
1. Ley Federal del Derecho de Autor 2. Normatividad Relacionada y Supletoria aplicable en Materia
Autoral |
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Idiomas
extranjeros |
No Requerido |
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Otros |
No Requerido |
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Conformación
de la prelación para acceder a la entrevista con el Comité de Selección |
Para esta plaza en concurso, el
Comité Técnico de Profesionalización determinó entrevistar hasta 05 (cinco)
candidatos, conforme al orden de prelación que elabora el sistema trabajaen,
con base en los puntajes globales de los concursantes. |
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Bases de Participación |
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Principios del concurso |
El concurso se desarrollará en
estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad,
calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género,
sujetándose el desarrollo del proceso y la determinación del Comité Técnico
de Selección a las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional de
Carrera en la Administración Pública Federal, en su Reglamento, así como el
Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y
Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2010, última reforma
publicada DOF 29 de agosto de 2011. |
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Requisitos de participación |
Podrán participar aquellas personas
que reúnan los requisitos de escolaridad y experiencia previstos para el
puesto. Asimismo, se deberá acreditar el cumplimiento de los siguientes
requisitos legales: ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos
o extranjero cuya condición migratoria permita la función a desarrollar; no
haber sido sentenciado con pena privativa de libertad por delito doloso;
tener aptitud para el desempeño de sus funciones en el servicio público, la
cual se acreditará cuando el aspirante sea considerado finalista por el
Comité Técnico de Selección, toda vez que tal circunstancia implica ser apto
para el desempeño del puesto en concurso y susceptible de resultar ganador
del mismo; no pertenecer al estado eclesiástico, ni ser ministro de algún
culto, y no estar inhabilitado para el servicio público, ni encontrarse con
algún otro impedimento legal, así como presentar y acreditar las evaluaciones
que se indica para cada caso. En caso de verse favorecido con el
resultado del concurso, a partir de su ingreso no desempeñar otro empleo,
cargo o comisión en la Administración Pública Federal y en caso contrario,
contar con el dictamen de compatibilidad de empleo respectivo; que la
documentación presentada como original sea autentica, asumiendo la
responsabilidad legal y administrativa en caso de no ser así, y; presentar y
acreditar las evaluaciones que se indican para el caso. Para que los servidores
públicos de carrera titulares puedan acceder a un cargo del Sistema de
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal de mayor
responsabilidad o jerarquía, deberán contar con al menos dos evaluaciones de
desempeño anuales, en el rango del puesto que ocupan como servidores de
carrera titulares, con resultado satisfactorio o mayor y que sean consecutivas
e inmediatas anteriores al momento en que se registren como aspirantes del
concurso correspondiente. Una vez que dichos servidores públicos accedan a un
puesto de distinto rango mediante concurso público y abierto, deberá
iniciarse nuevamente el cómputo de este requisito. Para que los servidores públicos de
carrera eventuales de primer nivel de ingreso puedan acceder a un cargo del
Sistema de nivel mayor responsabilidad o jerarquía deberán contar con al
menos una evaluación anual de desempeño como servidores públicos de carrera
titulares, además de la prevista en el artículo 33 del Reglamento de la Ley
del Servicio Profesional de Carrera. |
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Registro de aspirantes |
El registro de los aspirantes al
mismo, se realizarán del 25 de enero al 10 de febrero del 2012, a través del
portal www.trabajaen.gob.mx, el cual asignará un folio al aspirante que cubra
los requisitos del concurso para identificarlo durante el desarrollo del
mismo, asegurando así el anonimato de los aspirantes. Al momento en que el candidato registre
su participación a un concurso, a través de la página electrónica
www.trabajaen.gob.mx, en forma automática se llevará a cabo la revisión curricular, asignando un
folio de participación o, en su caso, de rechazo que lo descartará del
concurso. La revisión curricular efectuada a través de www.trabajaen.gob.mx,
será sin perjuicio de la revisión y evaluación de la documentación que los
candidatos deberán presentar para acreditar que cumplen con todos y cada uno
de los requisitos establecidos en la convocatoria. |
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Desarrollo del concurso |
De acuerdo con el Art. 34 del RLSPC El procedimiento
de selección de los aspirantes comprenderá las siguientes etapas: Etapa I. Revisión curricular; Etapa II. Exámenes de Conocimientos y Evaluaciones de
Habilidades; Etapa III. Evaluación de la Experiencia y Valoración
del Mérito de los candidatos; Etapa IV. Entrevistas, y Etapa V. Determinación El concurso se conducirá de acuerdo a la programación
que se indica, sin embargo, ésta puede estar sujeta a cambios, debido a variables
que afectan el desarrollo del concurso como pueden ser, entre otras:
disponibilidad de salas para la aplicación de evaluaciones; problemas de
comunicación electrónica del sistema de este Instituto y de la Secretaría de
la Función Pública; y disponibilidad de agenda de los integrantes del Comité
Técnico de Selección. La realización de cada etapa del concurso se comunicará
a los aspirantes con 48 horas de anticipación por medio del Contador de
Mensajes del Sistema www.trabajaen.gob.mx, por lo que se recomienda la
consulta permanente del referido sistema. |
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Calendario del concurso |
Actividad |
Fecha o plazo |
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Publicación de convocatoria |
25 de enero de 2012 |
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Registro de aspirantes (en la
herramienta www.trabajaen.gob.mx) |
Del 25 de enero al 10 de febrero de
2012. |
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Etapa I: Revisión curricular de
forma automática, a través de la herramienta www.trabajaen.gob.mx |
Del 25 de
enero al 10 de febrero de 2012. |
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Etapa II: Examen de conocimientos y
evaluaciones de habilidades |
Del 20 de febrero al 2 de marzo de
2012. |
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Etapa III: Evaluación de la
experiencia y valoración del mérito, así como revisión documental |
Del 20 de febrero al 2 de marzo de
2012. |
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Etapa IV: Entrevista |
Del 5 al 9 de marzo de 2012 |
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Etapa V: Determinación |
Del 5 al 9 de marzo de 2012 |
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Las fechas programadas están
sujetas a cambios, previo aviso a través del portal www.trabajaen.gob.mx, en
atención de alguna de las siguientes situaciones: avance que presente el
proceso de evaluaciones; el número de aspirantes que se registran; la
disponibilidad de espacios para la aplicación de las evaluaciones; la
disponibilidad de equipo de cómputo; suspensión parcial o total del proceso
debido a disposición oficial; agenda de los integrantes del Comité Técnico de
Selección y situaciones de emergencia como fenómeno natural. |
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Presentación de evaluaciones |
El Instituto Nacional del Derecho
de Autor, ha desarrollado una herramienta propia para las evaluaciones de
conocimientos y habilidades gerenciales
y comunicará a los candidatos
la fecha, hora y lugar en que los aspirantes deberán presentarse para la
aplicación de las evaluaciones respectivas. En dichas comunicaciones, se
especificará la duración aproximada de cada aplicación, así como el tiempo de
tolerancia para el inicio de la evaluación. Durante el desarrollo y aplicación
de la etapa II no se permitirá el uso de teléfonos celulares, computadora de
mano, dispositivo de CD, DVD, memorias portátiles de computadoras, cámaras
fotográficas, calculadoras, así como cualquier otro dispositivo, libro o
documento que posibilite consultar, reproducir, copiar, fotografiar,
registrar o almacenar las evaluaciones, salvo que en las bases de la
convocatoria se autorice o requiera de utilización como medio de apoyo para
la evaluación. Los aspirantes que concursen
nuevamente por el mismo puesto y hayan obtenido resultados favorables en la
evaluación de conocimientos anterior, tendrán derecho a solicitar al Comité
Técnico de Selección la exención del examen de conocimientos, el cual tendrá
una vigencia de un año a partir de la fecha de su aplicación asignándose la
anterior calificación, siempre y cuando el actual concurso se rija por el
mismo temario. Para hacer válida dicha
revalidación, ésta deberá ser solicitada por el aspirante mediante un escrito
en el periodo establecido para el registro de aspirantes al concurso, el
escrito deberá ser dirigido al Secretario Técnico del Comité Técnico de
Selección, a la siguiente dirección: Puebla No. 143, 4o. piso, Col. Roma,
Deleg. Cuauhtémoc, C.P. 06700, México, D.F., en el área de Ingreso del
INDAUTOR, de 10:00 a 14:30 horas. Para el caso de la evaluación de
habilidades, los resultados obtenidos en las evaluaciones realizadas con las
herramientas del Instituto Nacional del Derecho de Autor, tendrán una
vigencia de un año a partir de la fecha de su aplicación, y serán
considerados exclusivamente para otros concursos convocados por el INDAUTOR. En los casos de los aspirantes a
ocupar plazas convocadas por el Instituto Nacional del Derecho de Autor, y
que tuviesen vigentes los resultados de habilidades evaluadas en otra
Dependencia, dichos resultados no podrán ser reconocidos para efectos de los
concursos del Instituto Nacional del Derecho de Autor aun tratándose de
habilidades con el mismo nombre. |
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Revisión de exámenes |
En caso de que un candidato requiera
revisión del examen de conocimientos, ésta deberá ser solicitada por escrito
dentro de un plazo máximo de cinco días hábiles a partir de la publicación de
los resultados en la página de www.trabajaen.gob.mx. El escrito deberá ser
dirigido al Secretario Técnico del Comité Técnico de Selección, a la siguiente
dirección: Puebla No. 143, 4o. piso, Col. Roma, Deleg. Cuauhtémoc, C.P.
06700, México, D.F., en el área de Ingreso del INDAUTOR, de 10:00 a 14:30
horas. En los casos en que el Comité
Técnico de Selección correspondiente determine la revisión de exámenes, ésta
sólo podrá efectuarse respecto de la correcta aplicación de las herramientas
de evaluación, métodos o procedimientos utilizados, sin que implique la
entrega de los reactivos ni las opciones de respuesta. En ningún caso
procederá la revisión respecto del contenido o los criterios de evaluación. |
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Temarios y guías |
El temario de estudio para la
evaluación de conocimientos se encuentra a disposición de los participantes
en la en la
página electrónica del Instituto Nacional del Derecho de Autor:
http://www.indautor.sep.gob.mx:7038/servicio_profesional.html La normatividad especializada en
materia de Propiedad Intelectual y Tratados Internacionales Aplicables se
encontrarán a disposición de los aspirantes en la página electrónica del
Instituto Nacional del Derecho de Autor:
http://www.indautor.sep.gob.mx/legislacion.html Los temarios referentes a la
evaluación de Habilidades Gerenciales se encontrarán a disposición de los
aspirantes en la página electrónica del Instituto Nacional del Derecho de
Autor: http://www.indautor.sep.gob.mx:7038/servicio_profesional.html, a
partir de la fecha de la publicación de la presente convocatoria en el Diario
Oficial de la Federación y en el portal www.trabajaen.gob.mx. |
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Reglas de valoración |
El Comité Técnico de
Profesionalización del Instituto Nacional del Derecho de Autor, ha
determinado para todos los concursos de Ingreso convocados por este Organo
Desconcentrado las siguientes Reglas Especificas de Valoración: 1.- Número de exámenes de
conocimientos: 1 2.- Número de evaluaciones
de habilidades: 2 3.- Calificación mínima
aprobatoria de conocimientos: 70 4.- Descarte en las
evaluaciones de habilidades: Será motivo de descarte si el aspirante no
obtiene como calificación igual o superior a 70 en cada una de las
evaluaciones aplicadas. 5.- Número mínimo de
candidatos a entrevistar: 5, si el universo lo permite; en caso de que el
volumen sea menor, se entrevistará a todos. 6.- Número de candidatos
que se continuarán entrevistando, en caso de no contar con al menos un
finalista de los primeros 3 entrevistados: 3, si el universo lo permite; en
caso de que el volumen sea menor, se entrevistará a todos. 7.- Puntaje mínimo de
calificación (para pasar a la etapa de determinación): 70 9.- Criterio a aplicar en
la entrevista: a) Predicción de comportamientos a partir de evidencias en
experiencias previas; b) Objetividad de la evidencia obtenida (ejemplos
concretos); c) Suficiencia de la evidencia obtenida (cantidad de ejemplos), y
d) Relevancia de la evidencia obtenida con los requisitos del puesto. 10.- El ganador del
concurso: El finalista que obtenga la calificación más alta en el proceso de
selección, es decir, al de mayor Calificación (puntaje) Definitiva. |
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Sistema de puntuación |
El proceso
de selección considera cinco etapas: I) Revisión curricular; II) Examen de conocimientos y
evaluaciones de habilidades; III)
Evaluación de la experiencia y valoración del mérito de los candidatos; IV) Entrevista, y V) Determinación. La etapa I del proceso de selección (revisión
curricular) tiene como propósito determinar si el candidato continúa en el
concurso, por lo que su acreditación no otorgará puntaje alguno. Por cada
concurso se asignarán 100 puntos sin decimales, que serán distribuidos
únicamente entre las etapas II
(examen de conocimientos y evaluaciones de habilidades), III (Evaluación de la experiencia y valoración del mérito) y IV (entrevista) del proceso de
selección, quedando de la siguiente manera:
Para efectos
de continuar en el concurso, los aspirantes deberán aprobar las evaluaciones
precedentes. Será motivo de descarte si el participante no aprueba el examen
de conocimientos y las evaluaciones de habilidades. El examen de
conocimientos (capacidades técnicas) consta de 40 reactivos para el nivel de Jefe de Departamento, 50
reactivos para el nivel de Subdirector de Area la calificación mínima
aprobatoria será de 70 sobre 100 y ésta se obtiene considerando la cantidad
de aciertos sobre el total de reactivos. Las
evaluaciones de habilidades que se aplicarán serán las siguientes: Jefe de
Departamento: Orientación a Resultados y Trabajo en Equipo. Subdirector
de área: Trabajo en Equipo y Visión Estratégica Evaluación
de la experiencia y valoración del mérito. El resultado
que arroje la evaluación de la experiencia y valoración del mérito no será
motivo de descarte. La evaluación y valoración mencionadas, le dan la
posibilidad al aspirante de obtener puntos, que sumados a los obtenidos en la
Etapa II del proceso de selección que contempla el examen de conocimientos y
evaluaciones de habilidades, le ayudan para ubicarlo en un mejor lugar de
prelación dentro del concurso. El máximo de puntos que el aspirante puede
obtener en la Etapa III son: 10 puntos en la evaluación de la experiencia y
10 puntos en la valoración de méritos. Para la obtención de los puntos
mencionados es imprescindible que el aspirante presente en original y copia
simple la evidencia documental que acredite el nivel de cumplimiento en cada
uno de los elementos que se califican. En la
evaluación de la experiencia se calificarán los siguientes elementos: 1.- Orden en los puestos
desempeñados.- Se calificará de acuerdo con el nivel jerárquico en la
trayectoria laboral del candidato (último puesto desempeñado o que está
desempeñando) en relación al puesto en concurso. Los candidatos que cuenten
únicamente con una sola experiencia, cargo o puesto no serán evaluados en
este rubro, al no existir un parámetro objetivo para realizar la comparación.
2.- Duración en los puestos
desempeñados.- Se calificará de acuerdo con la permanencia en los puestos o
cargos ocupados del candidato. De manera específica, a través del número de
años promedio por cargo o puesto que posea. 3.- Experiencia en el Sector
Público.- Se calificará de acuerdo con la permanencia del candidato en los
puestos o cargos ocupados en el Sector Público. De manera específica, a
través del tiempo acumulado por el candidato en el Sector Público. 4.- Experiencia en el Sector
Privado.- La experiencia en el sector privado se calificará de acuerdo con la
permanencia del candidato en los puestos o cargos ocupados en el Sector
Privado. De manera específica, a través del tiempo acumulado del candidato en
el Sector Privado. 5.- Experiencia en el Sector Social.-
La experiencia en el Sector Social se calificará de acuerdo con la existencia
o experiencia en el Sector Social por parte del candidato. 6.- Nivel de Responsabilidad.- El
nivel de responsabilidad se calificará de acuerdo con la opción de respuesta
seleccionada por el candidato, entre las 5 posibles opciones establecidas en
el formato de evaluación, respecto a su trayectoria profesional. Las opciones
son las siguientes: a) He desempeñado puestos donde he
desarrollado una serie de actividades sencillas y similares entre sí. b) He desarrollado puestos que
requieran coordinar una serie de funciones y actividades similares y
relacionadas entre sí. c) He desempeñado puestos que
requieran coordinar una serie de funciones de naturaleza diferente. d) He desempeñado puestos que
requieran dirigir un área con funciones de naturaleza diferente. e) He desempeñado puestos que
requieran dirigir diversas áreas que contribuían al desarrollo de los planes
estratégicos de una o varias unidades administrativas o de negocio. 7.- Nivel de Remuneración.- El nivel
de remuneración se calificará de acuerdo con la remuneración bruta mensual en
la trayectoria laboral del candidato. De manera específica, comparando la
remuneración bruta mensual del puesto actual (en su caso el último) y la del
puesto en concurso. 8.- Relevancia de funciones o
actividades desempeñadas en relación con las del puesto vacante.- La
relevancia de funciones o actividades desempeñadas en relación con las del
puesto vacante se calificará de acuerdo con la coincidencia entre la Rama de
Cargo o puesto en el currículum vítae del candidato registrado (por el propio
candidato) en TrabajaEn con la rama de cargo o puesto vacante en concurso. 9.- En su caso, experiencia en
puestos inmediatos inferiores al de la vacante.- La experiencia en puestos inmediatos inferiores al de la vacante se calificará
de acuerdo con la permanencia del candidato en el puesto o puestos inmediatos
inferiores al de la vacante. De manera específica, a través del número de
años acumulado por el candidato en dichos puestos. 10.- En su
caso, aptitud en puestos inmediatos inferiores al de la vacante.- La aptitud
en puestos inmediatos inferiores al de la vacante se calificará de acuerdo
con la evaluación del desempeño del candidato en el puesto o puestos
inmediatos inferiores al de la vacante. De manera específica, a través de los
puntos de la calificación obtenida en la última evaluación del desempeño en
dichos puestos. Para obtener el puntaje referido a
la evaluación de la experiencia, el aspirante deberá presentar la
documentación que avale el cumplimiento a cada elemento, la cual puede ser
entre otras: carta original de la empresa en hoja membretada; hoja de
servicios; contrato laboral; recibos de pago; alta y baja en instituciones de
seguridad social, etc. La documentación deberá especificar claramente el
estatus del elemento sobre el cual desea obtener puntos, ejemplo: elemento 2,
señalar los puestos que ocupó y el tiempo de permanencia en cada uno de
ellos; elemento 6, señalar las funciones y actividades realizadas en los
puestos ocupados. Para otorgar una calificación, respecto
de los elementos anteriores, se considerará lo siguiente: ·
Los candidatos serán calificados
en el orden en los puestos desempeñados (elemento 1), salvo cuando cuenten
con una sola experiencia, cargo o puesto previos. ·
A todos los candidatos se les
calificarán los elementos 2 al 8. ·
Los candidatos que ocupen o
hayan ocupado uno o más de los cargos o puestos inmediatos inferiores al de
la vacante serán calificados en el elemento 9. ·
Los candidatos que cuenten con
resultados en la evaluación del desempeño del sistema en uno o más de los
cargos o puestos inmediatos inferiores al de la vacante serán calificados en el elemento 10. En la valoración del mérito se
calificarán los siguientes elementos: 1.-
Acciones de desarrollo profesional.- Las acciones de desarrollo profesional
se calificarán una vez emitidas las disposiciones previstas en los artículos
43 y 45 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal. 2.-
Resultados de las evaluaciones del desempeño.- Los resultados de las
evaluaciones del desempeño se calificarán de acuerdo con las calificaciones
de los servidores públicos de carrera titulares en las evaluaciones de
desempeño anual. De manera específica, a través de los puntos de la
calificación obtenida en la última evaluación del desempeño anual. 3.-
Resultados de las acciones de capacitación.- Los resultados de las acciones
de capacitación se calificarán de acuerdo con las calificaciones de las
acciones de capacitación. De manera específica, a través del promedio de las
calificaciones obtenidas por el servidor público de carrera titular en el
ejercicio fiscal inmediato anterior. En caso de que en el ejercicio fiscal
inmediato anterior no se hubieren autorizado acciones de capacitación para el
servidor público de carrera titular, no será calificado en este elemento. 4.-
Resultados de procesos de certificación.- Los resultados de los procesos de
certificación se calificarán de acuerdo con las capacidades profesionales
certificadas. De manera específica, a través del número de capacidades
profesionales certificadas vigentes logradas por los servidores públicos de
carrera titulares en puestos sujetos al Servicio Profesional de Carrera. 5.-
Logros.- Los logros se refieren al alcance de un objetivo relevante del
candidato en su labor o campo de trabajo, a través de aportaciones que
mejoraron, facilitaron, optimizaron o fortalecieron las funciones de su área
de trabajo, el logro de metas estratégicas o aportaron beneficio a la
ciudadanía, sin generar presiones presupuestales adicionales, ni perjudicar o
afectar negativamente los objetivos de otra área, unidad responsable o de
negocios. De manera específica, se calificarán a través del número de logros
obtenidos por el candidato. En virtud de lo anterior, se considerarán como
logros, los siguientes: ·
Certificaciones en competencias
laborales o en habilidades profesionales distintas a las consideradas para el
Servicio Profesional de Carrera. ·
Publicaciones especializadas
(gacetas, revistas, prensa o libros) relacionados a su campo de experiencia. ·
Otras que al efecto establezca
la Dirección General del Servicio Profesional de Carrera, de la Secretaría de la Función Pública. En ningún caso se considerarán
logros de tipo político o religioso. 6.-
Distinciones.- Las distinciones se refieren al honor o trato especial
concedido a una persona por su labor, profesión o actividad individual. De
manera específica, se calificarán a través del número de distinciones
obtenidas por el candidato. En virtud de lo anterior, se considerará como una
distinción, las siguientes: ·
Fungir como presidente,
vicepresidente o miembro fundador de Asociaciones u Organizaciones no
Gubernamentales (Científicas, de Investigación, Gremiales, Estudiantiles o de
Profesionistas). ·
Título Grado Académico Honoris
Causa otorgado por Universidades o Instituciones de Educación Superior. ·
Graduación con Honores o con
Distinción. ·
Otras que al efecto establezca la Dirección General del Servicio
Profesional de Carrera, de la Secretaría de la Función Pública. En ningún caso se considerarán
distinciones del tipo político o religioso. 7.-
Reconocimientos y premios.- Los reconocimientos o premios se refieren a la
recompensa o galardón otorgado al candidato por agradecimiento o
reconocimiento al esfuerzo realizado por algún mérito o servicio en su labor,
profesión o actividad individual. De manera específica, se calificarán a
través del número de reconocimientos o premios obtenidos por el candidato. En
virtud de lo anterior, se considerará como un reconocimiento o premio, los
siguientes: ·
Premio otorgado a nombre del
aspirante. ·
Reconocimiento por colaboración,
ponencias o trabajos de investigación a nombre del aspirante en congresos,
coloquios o equivalentes. ·
Reconocimiento o premio por
antigüedad en el servicio público. ·
Primero, segundo o tercer lugar
en competencias o certámenes públicos y abiertos. ·
Otros que al efecto establezca la Dirección General del Servicio Profesional de
Carrera, de la Secretaría de la Función Pública. En ningún caso se considerarán reconocimientos
o premios de tipo político, religioso o que sean resultado de la suerte, a
través de una selección aleatoria, sorteo o equivalente. 8.-
Actividad destacada en lo individual.- La actividad destacada en lo
individual se refiere a la obtención de los mejores resultados, sobresaliendo
en una profesión o actividad individual o ajena a su campo de trabajo, del
resto de quienes participan de en la misma. De manera específica, se
calificará a través del número de actividades destacadas en lo individual
comprobadas por el candidato. En virtud de lo anterior, se considerará como
actividad destacada, las siguientes: Título o grado académico en el
extranjero con reconocimiento de validez oficial por la Secretaría de
Educación Pública (apostillado). ·
Patentes a nombre del aspirante.
·
Servicios o misiones en el
extranjero. ·
Derechos de autor a nombre del
aspirante. ·
Servicios del voluntario,
altruismo o filantropía (No incluye donativos). ·
Otros que al efecto establezca
la Dirección General del Servicio Profesional de Carrera, de la Secretaría de la Función Pública. En ningún caso se considerarán
actividades destacadas de tipo político o religioso. 9.- Otros
estudios.- Se calificarán de acuerdo con los estudios adicionales a los
requeridos por el perfil del puesto vacante en concurso. De manera
específica, a través del estudio o grado máximo de estudios concluido
reconocido por la Secretaría de Educación Pública, que sea adicional al nivel
de estudio y grado de avance al requerido en el perfil del puesto vacante en
concurso. Para obtener el puntaje referido a
la valoración de mérito, el aspirante deberá presentar la documentación que
avalé el cumplimiento del elemento correspondiente, la cual puede ser entre
otras: evaluaciones del desempeño; menciones honoríficas; premios, resultados
de capacitación; investigación y/o aportación al ramo. La documentación
deberá especificar claramente el estatus del elemento sobre el cual desea
obtener puntos, ejemplo: elemento 2, calificación obtenida en la evaluación
del desempeño y firma del evaluador (si es Servidor Público de Carrera
Titular del nivel inferior al puesto en concurso, deberá presentar
Evaluaciones del Desempeño respectivas con el resultado satisfactorio o
mayor, en el puesto que ocupa (Art. 47 del Reglamento de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal). Para otorgar una calificación,
respecto de los elementos anteriores, se considerará lo siguiente: ·
En tanto se emitan las
disposiciones previstas en los artículos 43 y 45 del Reglamento de la Ley del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal, ningún
candidato será evaluado en el elemento 1. ·
Todos los candidatos que sean
servidores públicos de carrera titulares, sin excepción, serán calificados en
los elementos 2 a 4. ·
Todos los candidatos, sin excepción, serán calificados en los
elementos 5 a 9. Los resultados obtenidos en las
subetapas de la Etapa III serán considerados en el sistema de puntuación
general, sin implicar el descarte de los candidatos. Se considerarán finalistas (pasan a
la etapa de determinación) a los candidatos que acrediten el Puntaje Mínimo
de Calificación que es 70. Si hay empate, el Comité Técnico de
Selección resolverá el resultado del concurso de acuerdo a lo señalado en el
numeral 236 del Acuerdo por el que se emiten las Disposiciones en las materias de
Recursos Humanos y del Servicio Profesional de Carrera, así como el Manual
Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Humanos y
Organización y el Manual del Servicio Profesional de Carrera, publicado en el
Diario Oficial de la Federación el 12 de julio de 2010 y su última reforma
publicada el 29 de agosto de 2011. |
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Revisión documental |
Para poder acreditar la revisión documental, es
indispensable que el aspirante presente la totalidad de la siguiente
documentación en original y número de copias simples señaladas, en caso
contrario se le descartará del concurso: Currículum Vítae detallando periodo de tiempo en cada
puesto y funciones realizadas (no el registrado en TrabajaEn), firmado en
todas las hojas con tinta azul, sin engargolar. Entregar 4 copias. Comprobante de folio asignado por el Portal
www.trabajaen.gob.mx (carátula de la página personal) para el concurso. Entregar
1 copia. Acta de nacimiento y/o forma migratoria FM3, según
corresponda. Entregar 1 copia. Documento que acredite el nivel de estudios requerido
para el puesto por el que concursa. Sólo se aceptará título registrado en la
Secretaría de Educación Pública y/o, en su caso, mediante la presentación de
la cédula profesional correspondiente, expedida por dicha autoridad, en
términos de las disposiciones aplicables, o en su defecto, la autorización provisional para ejercer la Profesión
por título en trámite, emitida por la Dirección General de Profesiones de la
SEP. En el caso de estudios
realizados en el extranjero deberá presentarse invariablemente la constancia
de validez o reconocimiento oficial expedido por la Secretaría de Educación
Pública. Entregar 1 copia. Identificación oficial vigente con fotografía y firma
(credencial para votar con fotografía o pasaporte). Entregar 1 copia. Cartilla Militar liberada (en el caso de hombres
hasta los 40 años). Entregar 1 copia. Comprobantes que avalen los años de
experiencia requeridos por el perfil del puesto (ejemplo: carta de
recomendación de la empresa en hoja membretada, recibo de pago, alta en
instituciones de seguridad social, contrato laboral, etc.). Entregar 1 copia
por cada comprobante de Experiencia. Comprobantes de reconocimientos al mérito
que se hayan obtenido (ejemplo: evaluaciones del desempeño, menciones
honoríficas, premios, etc.) Entregar 1 copia por cada comprobante de
Reconocimientos al mérito. Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber
sido sentenciado con pena privativa de libertad por delito doloso, no estar
inhabilitado para el servicio público, no pertenecer al estado eclesiástico o
ser ministro de culto y de que la documentación presentada es auténtica. Entregar
en original. Escrito bajo protesta de decir verdad de no haber
sido beneficiado por algún programa de retiro voluntario. En el caso de
aquellas personas que se hayan apegado a un programa de retiro voluntario en
la Administración Pública Federal, su ingreso estará sujeto a lo dispuesto en
la normatividad aplicable. Entregar en original. En caso de que el aspirante sea
servidor público de carrera y la plaza del concurso represente para él una
promoción, deberá presentar copia de dos evaluaciones de desempeño anuales en
el puesto que desempeña a la fecha de la revisión documental, de acuerdo a lo
establecido por el artículo 47 del Reglamento de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y en el caso de los servidores públicos de carrera
eventuales de primer nivel de ingreso, deberán presentar al menos una evaluación anual de desempeño
como servidores públicos de carrera titulares, además de la prevista en el
artículo 33 del Reglamento. Entregar
1 Copia de cada Evaluación. El Instituto Nacional del Derecho
de Autor se reserva el derecho de solicitar, en cualquier momento del
proceso, la documentación o referencias que acrediten los datos registrados
en la herramienta www.trabajaen.gob.mx por el aspirante para fines de la
revisión curricular y del cumplimiento de los requisitos y de no acreditarse
su existencia o autenticidad se descalificará al aspirante o en su caso se
dejará sin efecto el resultado del proceso de selección y/o el nombramiento
que se haya emitido, sin responsabilidad para el Instituto Nacional del
Derecho de Autor, el cual se reserva el derecho de ejercitar las acciones
legales procedentes. |
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Reserva de aspirantes |
Conforme al artículo 36 del RLSPC,
los aspirantes que al término de la etapa de Entrevista con el Comité Técnico
de Selección obtengan una calificación mínima de setenta (70) y no resulten
ganadores en el concurso, serán considerados finalistas y quedarán integrados
a la reserva de aspirantes del puesto de que se trate en el Instituto
Nacional del Derecho de Autor, durante un año contado a partir de la
publicación de los resultados finales del concurso respectivo. Por este hecho, quedan en
posibilidad de ser convocados, en ese período y de acuerdo a la clasificación
de puestos y ramas de cargo que haga el Comité Técnico de Profesionalización
del Instituto Nacional del Derecho de Autor, a nuevos concursos destinados a
tal rama de cargo o puesto, según aplique. |
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Publicación de resultados |
Los resultados de cada una de las
etapas del concurso serán publicados en el portal de www.trabajaen.gob.mx,
identificándose al aspirante con su número de folio asignado por dicho
sistema. |
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Declaración de concurso desierto |
El Comité Técnico de Selección
podrá, considerando las circunstancias del caso, declarar desierto un
concurso: I. Porque ningún candidato se presente al concurso; II. Porque ninguno de los candidatos obtenga el puntaje mínimo de
calificación para ser considerado finalista, o III. Porque sólo un finalista pase a la etapa de determinación y en
ésta sea vetado o bien, no obtenga la mayoría de los votos de los integrantes
del Comité Técnico de Selección. En caso de declararse desierto el
concurso, se procederá a emitir una nueva convocatoria. |
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Reactivación de folios |
Con respecto a la reactivación de
folios rechazados en la etapa de revisión curricular, a partir de la fecha de
descarte, el aspirante tendrá 2 días hábiles para presentar su escrito de
petición de reactivación de folio dirigido al Comité Técnico de Selección del
Instituto Nacional del Derecho de Autor, con domicilio en Puebla No. 143, 4o.
piso, Col. Roma, Deleg. Cuauhtémoc, C.P. 06700, México, D.F., en el área de
Ingreso del INDAUTOR, de 10:00 a 14:30 horas. La solicitud se hará del
conocimiento al resto de los miembros del Comité Técnico de Selección, a
través del Encargado del Subsistema de Ingreso, vía correo electrónico o vía
telefónica para su análisis y, en su caso, para su autorización. El plazo de
resolución del Comité será a más tardar en 72 Hrs. La determinación del
Comité Técnico de Selección respecto a la solicitud de reactivación se dará
conocimiento al interesado, a través del Encargado del Subsistema de Ingreso. La petición mediante la cual el
aspirante solicitará la reactivación de su folio de participación deberá
incluir lo siguiente: ·
Escrito de Justificación del por qué considera que se debe
reactivar el folio dirigido al Secretario Técnico del Comité de Selección
solicitando el análisis y en su caso aprobación de la reactivación. ·
Pantallas impresas del portal personal en
www.trabajaen.gob.mx donde se observen las causales del rechazo. (Currículo
cargado, mensaje de rechazo, etc.). Original y copia de los documentos que
acrediten su experiencia laboral y escolaridad. ·
Domicilio y dirección electrónica donde puede recibir la
respuesta a su petición. La reactivación de folios será
improcedente cuando ésta se deba a que: I. El aspirante cancele su participación en el concurso, y II. Exista duplicidad de registros en Trabajaen. Una vez transcurrido el plazo
establecido, no serán recibidas las peticiones de reactivación. Nota: En caso de ser
autorizada la solicitud de reactivación, el sistema Trabajaen enviará un
mensaje de notificación a todos los participantes en el concurso. En relación
a los descartes de aspirantes por errores imputables al Operador de Ingreso
en las etapas de evaluación, entrevista y estatus del concurso, este Organo
Desconcentrado podrá, si el Comité Técnico de Selección lo autoriza,
reactivar dicho folio, dando aviso a los aspirantes que siguen participando
en la etapa correspondiente. |
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Disposiciones generales |
1. En la página electrónica
www.trabajaen.gob.mx, podrán consultarse los detalles sobre el concurso y los
puestos vacantes. 2. Los datos personales de
los concursantes son confidenciales aun después de concluido el concurso. 3. Cada aspirante se
responsabilizará de los traslados y
gastos erogados como consecuencia de su participación en actividades
relacionadas con motivo de la presente convocatoria. 4. Los concursantes podrán
presentar inconformidad, ante el Area de Quejas del Organo Interno de Control
de la Secretaría de Educación Pública, ubicada en Av. Universidad No. 1074,
piso 3, colonia Xoco, Delegación Benito Juárez, México, D.F., C.P. 03330. La
inconformidad deberá presentarse por escrito, dentro de los diez días hábiles
siguientes a la fecha en que se presentó el acto motivo de la inconformidad,
en términos de lo dispuesto por el artículo 69 fracción X de la Ley del
Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal y 93 al
96 de su Reglamento. 5. Los aspirantes podrán
interponer el recurso de revocación ante la Secretaría de la Función Pública,
ubicada en Av. Insurgentes No. 1735, Col. Guadalupe Inn, México, D.F., en los
términos que establecen los artículos 97 y 98 del Reglamento de la Ley del
Servicio Profesional de Carrera, dirigido al Titular de la Unidad de Asuntos
Jurídicos. 6. Cuando el ganador del
concurso tenga el carácter de servidor público de carrera titular, para poder
ser nombrado en el puesto sujeto a concurso, deberá presentar la
documentación necesaria que acredite haberse separado, toda vez que no puede
permanecer activo en ambos puestos, así como de haber cumplido la obligación
que le señala la fracción VI del artículo 11 de la Ley del Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. 7. Cualquier aspecto no
previsto en la presente Convocatoria será resuelto por el Comité Técnico de
Selección conforme a las disposiciones aplicables. |
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Resolución de dudas |
A efecto de garantizar la atención y resolución de
dudas que los aspirantes formulen con relación a los puestos y el desarrollo
del presente concurso, se encuentran disponibles la cuentas de correo
electrónico olunac@sep.gob.mx y mareyes@sep.gob.mx y el teléfono 36 01 10 00,
Ext. 28340 de lunes a viernes de 9:00 a 18:00 horas. |
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México, D.F., a 25 de
enero de 2012.
Sistema del Servicio
Profesional de Carrera en el Instituto Nacional del Derecho de Autor
Igualdad de Oportunidades, Mérito y Servicio
Por acuerdo del Comité
Técnico de Selección, la Secretaria Técnica,
Jefa del Departamento de Recursos
Humanos y Financieros
Ma. Cristina Martínez Calderón
Rúbrica.
(R.- 006555)