Secretaría
de Desarrollo Social
CONVOCATORIA
PÚBLICA Y ABIERTA No. 03/2012
Los Comités
Técnicos de Selección de la Secretaría
de Desarrollo Social con fundamento en los artículos 21, 25, 26,
28, 37 y 75 fracción III de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal y 17, 18, 32 fracción II, 34, 35, 36, 37, 38,
39, 40, Tercero y Séptimo Transitorios de su Reglamento, emiten la siguiente:
CONVOCATORIA
PÚBLICA Y ABIERTA del concurso para ocupar la siguiente plaza vacante del Sistema
del Servicio Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal:
|
Nombre del Puesto |
Dirección
General de Evaluación y Monitoreo de los Programas Sociales |
||||
|
Código de Plaza |
20-610-1-CF51082-0000043-E-C-L |
||||
|
Nivel Administrativo |
KB1 |
Número de vacantes |
Una |
||
|
Percepción Mensual Bruta |
$135,825.97
(Ciento treinta y cinco mil ochocientos veinticinco pesos con noventa y siete
centavos M.N) |
||||
|
Adscripción |
Subsecretaría
de Prospectiva, Planeación y Evaluación |
Sede |
México,
Distrito Federal |
||
|
Funciones Principales |
1. Promover la realización de estudios relativos a la evaluación y
monitoreo de los programas y acciones sociales de las unidades
administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría y
de las entidades del Sector para fortalecer la retroalimentación a las
acciones de política social. 2. Promover la diseminación y fomentar la retroalimentación de los
resultados y las recomendaciones de las evaluaciones de los programas
sociales. 3. Coordinar las acciones de apoyo técnico a las entidades y municipios
que así lo soliciten, en materia de evaluación y monitoreo de los programas
sociales. 4. Coordinar el sistema de evaluación y monitoreo de los programas
sociales de la Secretaría, con la finalidad de integrar y fomentar el
seguimiento a los resultados de las evaluaciones. 5. Establecer criterios para la formulación de lineamientos que normen la
evaluación de los programas sociales, el proceso de selección de evaluadores
externos y las acciones relacionadas con la evaluación y monitoreo que
realicen las unidades administrativas y órganos administrativos
desconcentrados de la Secretaría y las entidades del Sector, con la finalidad
de integrar el sistema de evaluación de la Secretaría. 6. Promover la diseminación y fomentar la retroalimentación de los
resultados y las recomendaciones de las evaluaciones de los programas
sociales. 7. Promover la realización de estudios relativos a la evaluación y
monitoreo de los programas y acciones sociales de las unidades
administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría y
de las entidades del Sector para fortalecer la retroalimentación a las
acciones de política social. 8. Establecer criterios para la formulación de lineamientos que normen la
evaluación de los programas sociales, el proceso de selección de evaluadores
externos y las acciones relacionadas con la evaluación y monitoreo que
realicen las unidades administrativas y órganos administrativos
desconcentrados de la Secretaría y las entidades del Sector, con la finalidad
de integrar el sistema de evaluación de la Secretaría. 9. Establecer criterios para el diseño y aprobación de los indicadores de
impacto, desempeño, gestión, cobertura, eficiencia, territorialidad,
económicos y sociales de los programas sociales de la Secretaría. 10. Promover la diseminación y fomentar la retroalimentación de los
resultados y las recomendaciones de las evaluaciones de los programas
sociales. 11. Fomentar la impartición de cursos, seminarios y programas en los que
se difunda el conocimiento sobre la evaluación de programas sociales con la
finalidad de fortalecer la capacidad institucional. 12. Promover la realización de estudios relativos a la evaluación y
monitoreo de los programas y acciones sociales de las unidades
administrativas y órganos administrativos desconcentrados de la Secretaría y
de las entidades del Sector para fortalecer la retroalimentación a las
acciones de política social. |
||||
|
Perfil |
Escolaridad |
Nivel de
Estudio |
Grado de Avance |
||
|
Maestría |
Titulado |
||||
|
Área de
Estudio |
Carrera |
||||
|
Ciencias Sociales y
Administrativas Ciencias Naturales y
Exactas |
Economía |
||||
|
Ciencias Políticas y Administración
Pública |
|||||
|
Matemáticas- Actuaria |
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|
Experiencia
Laboral |
2 años |
||||
|
Grupo de experiencia |
Área de experiencia |
||||
|
Ciencias Económicas |
Teoría Económica |
||||
|
Evaluación |
|||||
|
Econometría |
|||||
|
Evaluaciones
de Habilidades |
·
Orientación a Resultados ·
Trabajo en Equipo |
||||
|
Capacidades
Técnicas |
·
Inducción al Sector Desarrollo Social ·
Nociones Generales de la Administración Pública Federal |
||||
|
Idiomas |
No |
||||
|
Otros |
No |
||||
|
Requisitos adicionales |
Disponibilidad para viajar |
||||
|
Nombre del Puesto |
Dirección General Adjunta de Control de Programas de
Atención a Grupos Prioritarios |
||||
|
Código de Plaza |
20-213-1-CFLA001-0000105-E-C-L |
||||
|
Nivel Administrativo |
LA1 |
Número de vacantes |
Una |
||
|
Percepción Mensual Bruta |
$85,888.92
(Ochenta y cinco mil ochocientos ochenta y ocho pesos con noventa y dos
centavos M.N) |
||||
|
Adscripción |
Dirección
General de Atención a Grupos Prioritarios |
Sede |
México,
DF |
||
|
Funciones Principales |
1.
Establecer estrategias de revisión, análisis y evaluación,
derivadas de la implantación de las reglas de operación de los programas a
cargo de la dirección general, que permitan determinar las posibles
modificaciones de las mismas. 2.
Verificar la participación de la dirección general en los
términos establecidos en los convenios de coordinación para llevar a cabo
proyectos de desarrollo social y humano. 3.
Determinar los cursos de acción para mantener un control
eficaz de los programas asignados a la dirección general con base en las
políticas, lineamientos y criterios establecidos por el titular de la unidad
administrativa. 4.
Establecer estrategias para la realización del análisis
normativo, técnico y financiero a las propuestas de inversión, con el objeto
de verificar el cumplimiento de las disposiciones normativas y
presupuestarias vigentes. 5.
Dirigir la integración de la propuesta del anteproyecto
del presupuesto de la unidad administrativa en apego a las disposiciones
normativas vigentes, para la autorización correspondiente por parte del
director general. 6.
Evaluar periódicamente el estado que guardan los recursos
autorizados de manera especial, correspondientes a los programas sociales
asignados a la dirección general, como medio de control presupuestal. 7.
Coordinar la preparación y entrega de los informes para
otras unidades administrativas de la SEDESOL, dependencias de la
administración pública federal y entidades federativas, en relación con los
programas sociales a cargo de la dirección general. 8.
Establecer estrategias de revisión, análisis y evaluación,
derivadas de la implantación de las reglas de operación de los programas a
cargo de la dirección general, que permitan determinar las posibles
modificaciones a las mismas. |
||||
|
Perfil |
Escolaridad |
Nivel de
Estudio |
Grado de Avance |
||
|
Licenciatura o Profesional |
Titulado |
||||
|
Área de
Estudio |
Carrera |
||||
|
No aplica |
No aplica |
||||
|
Experiencia
Laboral |
5 años |
||||
|
Grupo de experiencia |
Área de experiencia |
||||
|
Ciencias Jurídicas y
Derecho Ciencias Económicas Ciencia Política |
Derecho y Legislación
Nacional |
||||
|
Dirección y Desarrollo
de Recursos Humanos |
|||||
|
Ciencias Políticas |
|||||
|
Administración de
Proyectos de Inversión y Riesgo |
|||||
|
Evaluaciones
de Habilidades |
·
Orientación a Resultados ·
Trabajo en Equipo |
||||
|
Capacidades
Técnicas |
·
Inducción al Sector Desarrollo Social ·
Nociones Generales de la Administración Pública Federal |
||||
|
Idiomas |
No |
||||
|
Otros |
No |
||||
|
Requisitos adicionales |
Disponibilidad para viajar |
||||
|
Nombre del Puesto |
Dirección
de Difusión |
||||
|
Código de Plaza |
20-110-1-CF01120-0000025-E-C-Q |
||||
|
Nivel Administrativo |
MA1 |
Número de vacantes |
Una |
||
|
Percepción Mensual Bruta |
$
47,973.69 (Cuarenta y siete mil novecientos setenta y tres pesos con sesenta
y nueve centavos M.N) |
||||
|
Adscripción |
Unidad
de Comunicación Social |
Sede |
México,
Distrito Federal |
||
|
Funciones Principales |
1.
Coordinar la elaboración del Programa Anual de
Comunicación Social de las entidades sectorizadas y órganos administrativos
desconcentrados en lo correspondiente a medios electrónicos, y en
cumplimiento a la normatividad de la SEGOB y Presidencia de la República. 2.
Organizar las campañas de difusión de la Secretaría de
Desarrollo Social en apego a las estrategias definidas por el Jefe de la
Unidad de Comunicación Social. 3.
Comunicar las estrategias de difusión en medios
electrónicos aplicables durante momentos coyunturales, establecidas por la
Unidad de Comunicación Social, a las entidades sectorizadas y órganos
administrativos desconcentrados. 4.
Evaluar las campañas publicitarias de la SEDESOL con el
propósito de conocer su trascendencia e impacto. 5.
Supervisar la imagen institucional de los materiales
audiovisuales y electrónicos de la SEDESOL, y gestionar su difusión en
tiempos fiscales y de estado, de acuerdo con los lineamientos de la
Secretaría de Gobernación y la Coordinación de Opinión Pública e Imagen de la
Presidencia de la República. 6.
Supervisar la imagen institucional de los materiales
audiovisuales y electrónicos de la SEDESOL, y gestionar su difusión en
tiempos fiscales y de estado, de acuerdo con los lineamientos de la
Secretaría de Gobernación y la Coordinación de Opinión Pública e Imagen de la
Presidencia de la República. |
||||
|
Perfil |
Escolaridad |
Nivel de
Estudio |
Grado de Avance |
||
|
Licenciatura o Profesional |
Titulado |
||||
|
Área de
Estudio |
Carrera |
||||
|
Ciencias Sociales y
Administrativas |
Humanidades |
||||
|
Comunicación |
|||||
|
Experiencia
Laboral |
4 años |
||||
|
Grupo de experiencia |
Área de experiencia |
||||
|
Sociología |
Comunicaciones Sociales |
||||
|
Evaluaciones
de Habilidades |
·
Orientación a Resultados ·
Trabajo en Equipo |
||||
|
Capacidades
Técnicas |
·
Inducción al Sector Desarrollo Social ·
Nociones Generales de la Administración Pública Federal |
||||
|
Idiomas |
No |
||||
|
Otros |
No |
||||
|
Requisitos adicionales |
Disponibilidad para viajar |
||||
|
Nombre del Puesto |
Subdirección
de Análisis Cuantitativo |
||||
|
Código de Plaza |
20-610-1-CFNA001-0000056-E-C-L |
||||
|
Nivel Administrativo |
NA1 |
Número de vacantes |
Una |
||
|
Percepción Mensual Bruta |
$25,254.76
(Veinticinco mil, doscientos cincuenta y cuatro pesos con setenta y seis
centavos M.N) |
||||
|
Adscripción |
Dirección
General de Evaluación y Monitoreo de los Programas Sociales |
Sede |
México,
Distrito Federal |
||
|
Funciones Principales |
1.
Elaborar y poner a consideración de la Dirección de Área
para su validación los criterios técnicos para el desarrollo de indicadores
estadísticos y de impacto, así como modelos econométricos, de las
evaluaciones de los programas operados por órganos administrativos
desconcentrados, con la finalidad de implementarlos garantizando el rigor
técnico de las mismas. 2.
Apoyar en la planeación y coordinación de las actividades
de evaluación entre la Dirección General, las instituciones evaluadoras y los
titulares de los programas sociales de los órganos administrativos
desconcentrados, con la finalidad de facilitar el acceso a la información y
garantiza la entrega de las evaluaciones en tiempo y forma. 3.
Elaborar y poner a consideración de la Dirección de Área,
los términos de referencia de la evaluación de los programas asignados y
operados por los órganos administrativos desconcentrados, con la finalidad de
que las evaluaciones cumplan con los Términos de Referencia establecidos y
las disposiciones normativas vigentes. 4.
Apoyar en la revisión de los formatos del Sistema de
Seguimiento de las Evaluaciones Externas (SISEE) de los programas sociales
asignados y operados por órganos administrativos desconcentrados para la
atención de recomendaciones de las evaluaciones, con el objeto de promover su
retroalimentación. 5.
Revisar las propuestas técnicas para la selección de los
evaluadores externos de los programas sociales asignados y operados por los
órganos administrativos desconcentrados, con la finalidad de que las
evaluaciones cumplan con los Términos de Referencia establecidos y las
disposiciones normativas vigentes. 6.
Elaborar y poner a consideración de la Dirección de Área
para su validación los criterios técnicos para el desarrollo de indicadores
estadísticos y de impacto, así como modelos econométricos, de las evaluaciones
de los programas operados por órganos administrativos desconcentrados, con la
finalidad de implementarlos garantizando el rigor técnico de las mismas. 7.
Analizar con la participación de la Dirección General
Adjunta de Impacto de los Programas Sociales, estadística y econométricamente
las bases de datos de las evaluaciones, proyectos especiales, y encuestas
nacionales con el objetivo de apoyar en la preparación de informes y estudios
en materia de evaluación de impacto de los programas y acciones sociales de
la Secretaría. 8.
Elaborar notas especiales y presentaciones con la
participación de la Dirección General Adjunta de Impacto de los Programas
Sociales, para la diseminación interna y externa de los resultados de las
evaluaciones, investigaciones especiales, y de las actividades de la
Dirección General. 9.
Revisar los productos entregados por las instituciones
evaluadoras de los programas sociales asignados y operados por los órganos
administrativos desconcentrados, verificando el cumplimiento de los Términos
de Referencia. 10.
Apoyar a la Dirección de Área en las acciones de
desarrollo del sistema de monitoreo de los programas operados por los órganos
administrativos desconcentrados, con el objeto de orientar la gestión de los
programas sociales al logro de resultados. |
||||
|
Perfil |
Escolaridad |
Nivel de Estudio |
Grado de Avance |
||
|
Licenciatura o
Profesional |
Titulado |
||||
|
Área de Estudio |
Carrera |
||||
|
Ciencias
Sociales y Administrativas Educación
y Humanidades Ciencias
Naturales y Exactas |
Economía |
||||
|
Ciencias sociales |
|||||
|
Matemáticas |
|||||
|
Matemáticas- actuaría |
|||||
|
Ciencias Políticas y
Administración Pública |
|||||
|
Experiencia Laboral |
3 años |
||||
|
Grupo de experiencia |
Área de experiencia |
||||
|
Ciencias
Económicas Lógica Matemáticas Ciencia
Política |
Evaluación |
||||
|
Econometría |
|||||
|
Economía
General |
|||||
|
Sistemas
Económicos |
|||||
|
Probabilidad
|
|||||
|
Estadística |
|||||
|
Administración
Pública |
|||||
|
Evaluaciones de Habilidades |
·
Orientación a Resultados ·
Trabajo en Equipo |
||||
|
Capacidades Técnicas |
·
Inducción al Sector Desarrollo Social ·
Nociones Generales de la Administración Pública Federal |
||||
|
Idiomas |
No |
||||
|
Otros |
No |
||||
|
Requisitos adicionales |
Disponibilidad
para viajar |
||||
|
Nombre del Puesto |
Subdirección de Investigación y
Análisis Social Municipal |
||||
|
Código de Plaza |
20-310-1-CF53060-0000054-E-C-C |
||||
|
Nivel Administrativo |
NA1 |
Número de vacantes |
Una |
||
|
Percepción Mensual Bruta |
$25,254.76 (Veinticinco mil,
doscientos cincuenta y cuatro pesos con setenta y seis centavos M.N) |
||||
|
Adscripción |
Dirección General de Equipamiento e
Infraestructura en Zonas Urbano Marginadas |
Sede |
México, Distrito Federal |
||
|
Funciones Principales |
1.
Colaborar en el análisis de la
información de las encuestas nacionales aplicadas a las autoridades locales
sobre fortalecimiento institucional intermunicipal en materia de ordenación
del territorio 2.
Dar seguimiento a las actividades
de cooperación técnica y a los proyectos realizados con instituciones
nacionales e internacionales sobre esquemas de gestión intermunicipal en
materia de ordenación del territorio 3.
Colaborar en la elaboración de
estudios y guías técnicas que permitan aportar elementos para el
fortalecimiento institucional municipal e intermunicipal en el ámbito de
ordenación del territorio. 4.
Elaborar proyectos de
capacitación en diversas modalidades para funcionarios públicos en materia de
desarrollo urbano, ordenación del territorio y equipamiento. 5.
Analizar las propuestas más
actuales en materia de capacitación y formación de servidores públicos
municipales en desarrollo urbano, equipamiento e infraestructura urbana 6.
Analizar fuentes de información
de programas y proyectos sociales y urbanos para integrar acervos de casos
para la capacitación de gestión intermunicipal. |
||||
|
Perfil |
Escolaridad |
Nivel de Estudio |
Grado de Avance |
||
|
Licenciatura o
Profesional |
Titulado |
||||
|
Área de Estudio |
Carrera |
||||
|
|
Ingeniería |
||||
|
Computación e
Informática |
|||||
|
Sociología |
|||||
|
Economía |
|||||
|
Ciencias Políticas y
Administración Pública |
|||||
|
Experiencia Laboral |
3 años |
||||
|
Grupo de experiencia |
Área de experiencia |
||||
|
|
Organización
y Planificación de la Educación |
||||
|
Sociología
de los Asentamientos Humanos |
|||||
|
Administración
Pública |
|||||
|
Evaluaciones de Habilidades |
·
Orientación a Resultados ·
Trabajo en Equipo |
||||
|
Capacidades Técnicas |
·
Inducción al Sector Desarrollo Social ·
Nociones Generales de la Administración Pública Federal |
||||
|
Idiomas |
No |
||||
|
Otros |
No |
||||
|
Requisitos adicionales |
Disponibilidad
para viajar |
||||
|
Nombre del Puesto |
Departamento de Redacción |
||||
|
Código de Plaza |
20-110-1-CF01059-0000049-E-C-Q |
||||
|
Nivel Administrativo |
OA1 |
Número de vacantes |
Una |
||
|
Percepción Mensual Bruta |
$17,046.25 (Diecisiete mil, cuarenta y seis pesos
con veinticinco centavos M.N) |
||||
|
Adscripción |
Unidad de Comunicación Social |
Sede |
México, Distrito Federal |
||
|
Funciones Principales |
1. Proponer las
modificaciones gramaticales de los contenidos de los mensajes que emiten la
dependencia y los organismos desconcentrados, para su correcta difusión. 2. Adaptar el contenido de
la información que genere la Unidad de Comunicación Social para el medio por
el cual se vaya a difundir, sea este electrónico o impreso, para su correcta
difusión. 3. Revisar la gramática y
redacción de los contenidos del sitio Web oficial, previo a que éstos sean
publicados, previendo cualquier error en su difusión. 4. Corregir los mensajes
publicitarios de las campañas de difusión, tanto escritos como electrónicos,
para que la información que se difunda sea clara. 5. Aprobar la redacción de
los materiales de difusión para Internet, con el fin de lograr una eficiente
comunicación hacia los ciudadanos. 6. Autorizar la correcta
redacción y estilo de los comunicados de prensa que emita la Unidad de
Comunicación Social para su difusión a través de los medios masivos de
comunicación. 7. Revisar y corregir los
mensajes de anuncios publicitarios y de difusión de las campañas de
comunicación, con el fin de lograr una eficiente comunicación hacia los
ciudadanos. 8. Modificar la redacción
de mensajes para presentaciones y estrategias de programas específicos de
comunicación de la Secretaría, para su correcta difusión. |
||||
|
Perfil |
Escolaridad |
Nivel de Estudio |
Grado de Avance |
||
|
Licenciatura o
Profesional |
Terminado
o Pasante |
||||
|
Área de Estudio |
Carrera |
||||
|
|
No aplica |
||||
|
Experiencia Laboral |
2 años |
||||
|
Grupo de experiencia |
Área de experiencia |
||||
|
|
Comunicación
Gráfica |
||||
|
Comunicaciones
Sociales |
|||||
|
Evaluaciones de Habilidades |
·
Orientación a Resultados ·
Trabajo en Equipo |
||||
|
Capacidades Técnicas |
·
Inducción al Sector Desarrollo Social ·
Nociones Generales de la Administración Pública Federal |
||||
|
Idiomas |
No |
||||
|
Otros |
No |
||||
|
Requisitos adicionales |
Disponibilidad
para viajar |
||||
|
Nombre del Puesto |
Departamento
de Diseño de Evaluación |
||||
|
Código de Plaza |
20-610-1-CF01059-0000051-E-C-L |
||||
|
Nivel Administrativo |
OA1 |
Número de vacantes |
Una |
||
|
Percepción Mensual Bruta |
$17,046.25
(Diecisiete mil, cuarenta y seis pesos con veinticinco centavos M.N) |
||||
|
Adscripción |
Dirección
General de Evaluación y Monitoreo de los Programas Sociales |
Sede |
México,
Distrito Federal |
||
|
Funciones Principales |
1.
Analizar los indicadores de impacto de los programas
sociales operados por los órganos administrativos desconcentrados, con el
objeto de apoyar a la Dirección de la Área en el proceso de aprobación de los
mismos. 2.
Analizar los indicadores de impacto de los programas
sociales operados por los órganos administrativos desconcentrados, con el
objeto de apoyar a la Dirección de la Área en el proceso de aprobación de los
mismos. 3.
Apoyar a la Dirección de Área en la elaboración de
Términos de Referencia; análisis de propuestas técnicas para la selección de
los evaluadores externos; revisión de los informes de evaluación y de los
formatos del Sistema de Seguimiento de las Evaluaciones Externas (SISEE), con
el objetivo de eficientar los procesos de evaluación y monitoreo de los
programas sociales asignados y operados por órganos administrativos
desconcentrados. 4.
Apoyar a la Dirección de Área en el análisis estadístico y
econométrico de las bases de datos de las evaluaciones, proyectos especiales,
y encuestas nacionales, para la integración de informes y estudios en materia
de evaluación de impacto de los programas y acciones sociales de la
Secretaría. 5.
Apoyar a la Dirección de Área en la elaboración de
Términos de Referencia; análisis de propuestas técnicas para la selección de
los evaluadores externos; revisión de los informes de evaluación y de los
formatos del Sistema de Seguimiento de las Evaluaciones Externas (SISEE), con
el objetivo de eficientar los procesos de evaluación y monitoreo de los
programas sociales asignados y operados por órganos administrativos
desconcentrados. |
||||
|
Perfil |
Escolaridad |
Nivel de
Estudio |
Grado de Avance |
||
|
Licenciatura o Profesional |
Terminado o Pasante |
||||
|
Área de
Estudio |
Carrera |
||||
|
Ciencias Sociales |
Sociología |
||||
|
Ciencias Políticas y
Administración Pública |
Matemáticas- Actuaría |
||||
|
Economía |
|||||
|
Experiencia
Laboral |
2 años |
||||
|
Grupo de experiencia |
Área de experiencia |
||||
|
|
Estadística |
||||
|
Evaluación |
|||||
|
Economía General |
|||||
|
Evaluaciones
de Habilidades |
·
Orientación a Resultados ·
Trabajo en Equipo |
||||
|
Capacidades
Técnicas |
·
Inducción al Sector Desarrollo Social ·
Nociones Generales de la Administración Pública Federal |
||||
|
Idiomas |
No |
||||
|
Otros |
No |
||||
|
Requisitos adicionales |
Disponibilidad para viajar |
||||
|
BASES DE PARTICIPACIÓN |
|
|
1. Principios del Concurso |
El concurso se desarrollará en
estricto apego a los principios de legalidad, eficiencia, objetividad,
calidad, imparcialidad, equidad, competencia por mérito y equidad de género,
sujetándose el desarrollo del Proceso de Selección y las sesiones del Comité
Técnico de Selección a las disposiciones de la Ley del Servicio Profesional
de Carrera en la Administración Pública Federal, a su Reglamento (RLSPC), a
las Disposiciones en materia de Planeación, Organización y Administración de
los Recursos Humanos (DMPOARH), el Manual del Servicio Profesional de
Carrera, y demás normatividad aplicable. |
|
2. Reglas en Materia de
Transparencia |
Quedan reservados en términos de la
Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental,
su Reglamento y demás disposiciones aplicables, los datos personales que se
registren durante los procesos de selección, las constancias que se integren
a los expedientes de los concursos de ingreso, inconformidades y recursos de
revocación, así como los relativos a las opciones de respuestas de las
herramientas de evaluación como son: las de conocimientos y las
psicométricas, los cuales serán considerados confidenciales, aún concluidos
estos procesos, de conformidad a lo dispuesto en los numerales 121 y 123 de
las DMPOARH. |
|
3. Disposiciones
Generales |
1. Las bases, condiciones y
requisitos establecidos en las convocatorias no podrán modificarse durante el
desarrollo del concurso. 2. Las y los interesados en
participar en un concurso de ingreso al Sistema deberán estar registrados
previamente en TrabajaEn. 3. Las y los aspirantes al aceptar
el número de folio que les asigna el Sistema TrabajaEn, aceptan las Bases de
Participación de la presente Convocatoria, motivo por el que están
obligadas(os) a su lectura y acatamiento. 4. Las y los aspirantes tendrán que
verificar el Perfil del Puesto publicado en la presente convocatoria, el cual
se compone de los siguientes apartados: Nombre del puesto, Código del puesto,
Nivel administrativo, Sueldo bruto, Adscripción del puesto, Tipo de
nombramiento, Funciones principales, Escolaridad, Experiencia laboral,
Evaluaciones de habilidades, Capacidades técnicas, Idiomas y Otros, en
cumplimiento a lo señalado en el numeral 197 fracción II de las DMPOARH. El
cumplimiento del perfil es forzoso para las y los aspirantes, el no contar
con evidencias documentales que respalden su cumplimiento, implica el
descarte de él o la aspirante del Proceso de Selección. 5. En el portal www.trabajaen.gob.mx podrán consultarse los detalles sobre el concurso y los
puestos vacantes. El portal TrabajaEn deberá considerarse como el Sistema
Informático, administrado por la Secretaría de la Función Pública, diseñado
como ventanilla única para la administración y control de la información y datos
de los procesos de reclutamiento y selección incluidos entre otros, los
correspondientes a la recepción y procesamiento de solicitudes de registro a
los concursos de ingreso al Sistema; mensajes y/o comunicaciones a las y los
aspirantes, candidatos(as) y/o finalistas, difusión de cada etapa, e
integración de la reserva de aspirantes por dependencia, cuyos accesos están
disponibles en las direcciones electrónicas www.trabajaen.gob.mx y www.rhnet.gob.mx, por
lo que la información publicada es de carácter referencial y no suple a la
Convocatoria publicada en el Diario Oficial de la Federación. 6. Las y los aspirantes estarán
obligados(as) a revisar el sistema de mensajes del Portal www.trabajaen.gob.mx, independientemente de la posibilidad de que se les remitan
los mensajes al correo privado por el propio Portal. 7. Los datos personales de las y
los aspirantes son confidenciales aún después de concluido el concurso y
serán protegidos por las disposiciones en materia de protección, tratamiento,
difusión, transmisión y distribución de datos personales aplicables. 8. Cada
aspirante se responsabilizará de los traslados y gastos erogados como
consecuencia de su participación en actividades relacionadas con motivo de la
presente convocatoria. 9. Cuando la o el ganador del
concurso tenga el carácter de servidor(a) público(a) de carrera, para poder
ser nombrado(a) en el puesto sujeto a concurso, deberá presentar la
documentación necesaria que acredite haberse separado del puesto que ocupaba,
toda vez que no puede permanecer activo(a) en ambos puestos. 10. Las y
los aspirantes podrán presentar inconformidad dentro de los 10 días
posteriores a la fecha en que se presentó el presunto acto que motivó la
inconformidad o del día en que concluyó el plazo en que se estime debió
realizarse un acto dentro del proceso de selección previsto en la Ley, en el
Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la Administración
Pública Federal o bien en los demás ordenamientos administrativos aplicables,
ante el Área de Quejas del Órgano Interno de Control de la SEDESOL , con
dirección en: Paseo de la Reforma Sur No. 116, piso 11, Col. Juárez, Del.
Cuauhtémoc, C.P.06600, México D.F. 11.
Cualquier aspecto no previsto en la presente Convocatoria será resuelto por
el Comité Técnico de Selección conforme a las disposiciones aplicables. |
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4. Requisitos de Participación |
Podrán participar aquellas personas
que reúnan los requisitos previstos en el perfil del puesto, así como en las
presentes Bases de Participación. La escolaridad se acreditará en el Cotejo
Documental, conforme a lo establecido en el catálogo de carreras publicado
por la Secretaría de la Función Pública en la siguiente liga: http://www.funcionpublica.gob.mx/bolsa/doctos/catalogo_de_carreras_v1-26-02-8.pdf. Con fundamento en el
numeral 175 de las DMPOARH, se aceptará el grado de maestría o doctorado para acreditar el requisito de
escolaridad establecido en el perfil del puesto de que se trate, siempre y
cuando el perfil requiera: Licenciatura o Profesional con nivel de avance
Titulado; Licenciatura o Profesional con nivel de avance Pasante y Carrera
Terminada; por lo que la o el aspirante deberá presentar el documento oficial
que lo acredite. Para mayor abundamiento, consultar el apartado de
Documentación requerida de las presentes Bases de Participación. La SEDESOL, no establece como requisito de participación el examen de No
Gravidez para las mujeres ni el de VIH/Sida para mujeres y hombres. Asimismo, en cumplimiento al
artículo 21 de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal, se deberá acreditar el cumplimiento de los
siguientes requisitos legales: ser ciudadano(a) mexicano(a) en pleno
ejercicio de sus derechos o extranjero(a) cuya condición migratoria permita
el desempeño del puesto en concurso; no haber sido sentenciado(a) con pena
privativa de libertad por delito doloso; tener aptitud para el desempeño de
sus funciones en el servicio público; no pertenecer al estado eclesiástico,
ni ser ministro de algún culto, y no estar inhabilitado(a) para el servicio
público, ni encontrarse con algún otro impedimento legal, así como presentar
y acreditar las evaluaciones que se indican para cada caso. De Igual forma,
deberán acudir al desahogo de cada una de las etapas del proceso de
selección, su no presentación propiciará el descarte del concurso
correspondiente, por falta de interés jurídico. Para los servidores(as)
públicos(as) que se encuentren en activo en la Administración Pública
Federal, deberán cumplir con lo señalado en el artículo 47 del RLSPC y en el
numeral 252 de las DMPOARH, en donde se indica que para que un(a) servidor(a)
público(a) de carrera pueda ser sujeto(a) a una promoción por concurso en el
Sistema, conforme a lo previsto en el artículo 37 de la Ley, deberá contar al
menos con dos evaluaciones del desempeño anuales como servidores públicos de
carrera titulares, las cuales deberán ser consecutivas e inmediatas a la
fecha en que la o él candidato se registre en el concurso de que se trate y
correspondan al rango del puesto que desempeñe por lo que respecta a los
servidores públicos de carrera eventuales, primero deberán haber obtenido su
nombramiento como servidores públicos de carrera titulares y contar con sus
dos evaluaciones del desempeño en dicha calidad, para estar en posibilidad de
concursar para una promoción. Para efectos de acreditar las
evaluaciones del desempeño anuales a que se refiere el artículo 47 del RLSPC,
se tomarán en cuenta, las últimas que haya aplicado el servidor público de
carrera titular en el puesto en que se desempeña o en otro anterior, incluso
aquellas que se hayan practicado como servidores públicos considerados de
libre designación, previo a obtener su nombramiento como servidores públicos
de carrera titulares, en cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 174 de las
DMPOARH. Dichas evaluaciones no se
requerirán cuando las o los servidores públicos de carrera titulares
concursen por puestos del mismo rango al del puesto que ocupen.
Adicionalmente, en caso de que las y los aspirantes pasen las etapas I.
Revisión Curricular, II. Exámenes de conocimientos y evaluaciones de
habilidades y III. Evaluación de la experiencia y valoración del mérito de
las y los candidatos del Procedimiento de Selección señalado en el artículo
34 del Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal, deberán presentar obligatoriamente la
documentación que se detalla en el apartado denominado Documentación
Requerida, de no presentar la documentación, procederá el descarte de la o él
aspirante; en caso de aprobar este trámite y que estén fehacientemente
acreditados los requisitos legales inherentes al perfil del puesto publicado
en el Diario Oficial de la Federación pasarán a entrevista. |
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5. De la Veracidad y Legalidad con
que deberán conducirse los aspirantes |
Las y los aspirantes están
obligados a conducirse con veracidad, por lo que: 1. En los casos en que se
corrobore que cualquier aspirante, incluyendo a la o el candidato ganador de
un concurso presentó documentos falsos, alterados o apócrifos, obteniendo
mediante estos beneficios o derechos que no les correspondan, o bien, se
condujeron con falsedad previo, durante y después de su ingreso al servicio
de la SEDESOL, se dará aviso a las autoridades competentes para dar inicio a
las actuaciones legales tendientes a determinar la nulidad del nombramiento,
con independencia de las acciones laborales, administrativas o penales que
correspondan, de conformidad a lo dispuesto en el numeral 138, fracción V de
las DMPOARH. 2. Cuando se advierta la duplicidad
de registros en TrabajaEn, el Comité Técnico de Selección advertirá al
aspirante de dicha circunstancia, exhortándole a cancelar o corregir la
información y preservar un único registro. Estos casos se informarán a la
Secretaría de la Función Pública para que, en su caso, determine las medidas
que resulten pertinentes, en cumplimiento a lo dispuesto en el numeral 215 de
las DMPOARH. |
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6.
Registro de Aspirantes |
La inscripción a un concurso y el
registro de los aspirantes al mismo se realizarán, a través de la herramienta
www.trabajaen.gob.mx, que les asignará un número de folio para el concurso en
el momento que acepte las bases, este número de folio servirá para formalizar
su inscripción e identificarlos durante el desarrollo del proceso hasta antes
de la entrevista por el Comité Técnico de Selección, con el fin de asegurar
así el anonimato de los aspirantes. |
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7. Documentación Requerida |
Las y los
aspirantes deberán presentar para su cotejo, en original legible o copia
certificada y copia simple, los siguientes documentos, en el domicilio, fecha
y hora establecidos en el mensaje que al efecto hayan recibido, por vía
electrónica: 1. Currículum Vitae
detallado y actualizado con fotografía. Incluir el teléfono, en su caso, de
los tres últimos empleos, con experiencia laboral claramente desarrollada. 2. Currículum impreso de la
página electrónica TrabajaEn. 3. Acta de nacimiento y/o
forma migratoria FM3 según corresponda. 4. Documento que acredite
el nivel de estudios requerido para el puesto por el que concursa. Cuando la
convocatoria señale como requisito de escolaridad contar con título
profesional o grado académico, el mismo se acreditará con la exhibición del
título registrado en la Secretaría de Educación Pública y/o, en su caso,
mediante la presentación de la cédula profesional correspondiente, expedida
por dicha autoridad, en términos de las disposiciones aplicables. El CTS
determinará si acepta los documentos que acrediten que el título o cédula
profesional está en trámite, asimismo el plazo por el cual se aceptarán. En el caso de estudios realizados en el extranjero deberá
presentarse invariablemente la constancia de validez o reconocimiento oficial
expedido por la Secretaría de Educación Pública. En las convocatorias se deberán precisar los casos en que
se aceptará el grado de maestría o de doctorado en las áreas académicas que
previamente defina el CTP para acreditar el cumplimiento del requisito de
escolaridad establecido en el perfil del puesto de que se trate. En los casos en los que el requisito académico es
Terminado o Pasante sólo se aceptará certificado o carta de terminación de
estudios expedida por la institución educativa debidamente sellada y firmada,
que acredite haber cubierto el 100% de los créditos del nivel de estudios
solicitado. 5. Constancias que
acrediten su experiencia laboral en las áreas solicitadas en el perfil del
puesto (constancias laborales emitidas por el área facultada para su
expedición, hoja única de servicio, talones de pago, contratos y hojas de
inscripción o baja al ISSSTE o al IMSS). La documentación comprobatoria
deberá estar membretada y sellada. No se aceptan como constancia para
acreditar la experiencia laboral requerida; constancias de servicio social y
prácticas profesionales, cartas de recomendación, constancias emitidas por el
superior jerárquico inmediato del puesto ocupado, constancias de sueldos,
salarios, conceptos asimilados y crédito al salario, constancias de haber
realizado proyectos de investigación. 6. Identificación oficial
vigente con fotografía y firma (se aceptará credencial para votar con
fotografía, pasaporte vigente o cédula profesional). 7. Cartilla del Servicio
Militar Nacional y hoja de liberación (en el caso de hombres hasta los 45
años). 8. Escritos bajo protesta
de decir verdad (los cuales se encuentran disponibles en la página
electrónica www.SEDESOL.gob.mx, en la ruta: Servicio Profesional de
Carrera/Ingreso/Formatos): ·
De no haber sido sentenciado con pena privativa de
libertad por delito doloso, no estar inhabilitado para el servicio público,
no pertenecer al estado eclesiástico o ser ministro de culto y de que la
documentación presentada es auténtica. ·
De decir verdad de no haber sido beneficiado por algún
programa de retiro voluntario. En el caso de aquellas personas que se hayan
apegado a un programa de retiro voluntario en la Administración Pública
Federal, su ingreso estará sujeto a lo dispuesto en la normatividad
aplicable. ·
De decir verdad de no ser Servidor Público de Carrera
Titular. 9. Comprobante de folio
asignado por el Portal www.trabajaen.gob.mx para el concurso (Hoja de
Bienvenida). 10. Conforme al artículo 47
del Reglamento de la Ley de Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal, para el caso que existan Servidores Públicos
de Carrera que concursen para una plaza de un rango superior al nivel del
puesto que ocupan, deberán presentar copia de sus dos evaluaciones del
desempeño anuales como Servidores Públicos de Carrera Titulares, que sean
consecutivas e inmediatas anteriores a la fecha en que el candidato se
registre como aspirante en el concurso correspondiente. Para que los Servidores
Públicos de Carrera Eventuales de primer nivel de ingreso puedan acceder a un
cargo del Sistema de Servicio Profesional de Carrera de mayor responsabilidad
o jerarquía deberán contar con al menos una evaluación anual del desempeño
como Servidores Públicos de Carrera Titulares, además de la prevista en el
artículo 33 del Reglamento de la Ley de Servicio Profesional de Carrera en la
Administración Pública Federal. 11. En lo relativo a la
valoración del mérito en lo correspondiente a otros estudios concluidos se
deberán proporcionar documentos que acrediten diplomados, maestrías o
doctorados que complementen, el perfil requerido o la rama de cargo; para el
caso de estudios realizados en el extranjero, se aplicará lo señalado en el
punto número 4. A fin de
valorar el merito en lo correspondiente a los logros en cada materia
específica del puesto, se deberá proporcionar: distinciones, premios
obtenidos en el ejercicio profesional, capacitación y cargos o comisiones en
el servicio público o privado, reconocimientos, cartas de reconocimiento,
constancias de evaluación al desempeño, etc. emitidos por instituciones,
públicas, privadas, académicas o sociales. En lo
relativo a los logros en materia de desarrollo social se deberán proporcionar
reconocimientos, cartas de reconocimiento, constancias de evaluación al
desempeño, etc., emitidos por instituciones públicas, privadas, académicas o
sociales. 12. Cuando el ganador del
concurso tenga el carácter de Servidor Público de Carrera Titular, para poder
ser nombrado en el puesto sujeto a concurso, deberá presentar la
documentación necesaria que acredite haberse separado, toda vez que no puede
permanecer activo en ambos puestos, así como de haber cumplido la obligación
que le señala la fracción VIII del Artículo 11 de la Ley de Servicio
Profesional de Carrera en la Administración Pública Federal. No se aceptarán documentos en otro
día o momento diferente al indicado en el mensaje que se les envía a su
cuenta de www.trabajaen.gob.mx. Si no se cuenta con esta información en el
momento señalado será descartado inmediatamente del concurso, no obstante que
haya acreditado las evaluaciones correspondientes. Es importante señalar que cualquier
inconsistencia en la documentación presentada y/o información registrada en
el sistema de TrabajaEn, será causa de descarte. La Secretaría de Desarrollo Social
se reserva el derecho de solicitar, en cualquier momento del proceso, la
documentación o referencias que acrediten los datos registrados en la
herramienta www.trabajaen.gob.mx por el aspirante, para fines de la revisión
curricular y del cumplimiento de los requisitos; de no acreditarse su
existencia o autenticidad se descalificará al aspirante, o en su caso se
dejará sin efecto el resultado del proceso de selección y/o el nombramiento
que se haya emitido, sin responsabilidad para la Secretaría de Desarrollo
Social, la cual se reserva el derecho de ejercitar las acciones legales
procedentes. Serán motivos de descarte de aspirantes en el
cotejo documental: 1. La no presentación de la Curricula. 2. No presentar la documentación comprobatoria en
ORIGINAL. 3. No cumplir con el perfil de escolaridad. 4. No cumplir con el perfil de experiencia
laboral. 5. La no presentación de identificación oficial. 6. La no presentación del acta de nacimiento en
original o copia certificada. 7. La no presentación de la cartilla liberada o
acta levantada en el ministerio público de pérdida de documentos oficiales, o
la solicitud de reposición efectuada en la SEDENA. 8. La no presentación del título, cédula
profesional en caso de que el perfil requiera TITULADO o acta del examen
profesional debidamente firmada y emitida por la institución educativa
correspondiente. 9. La no presentación del historial académico con
100% de créditos en el caso del que el perfil requiera PASANTE y CARRERA
TERMINADA 10. La no presentación de las cartas de protesta. 11.- La no presentación de las constancias
laborales requeridas para acreditar la experiencia laboral. 12.- En su caso, la no presentación de las
Evaluaciones al Desempeño señaladas en el artículo 47 del reglamento de la
ley del Servicio Profesional de Carrera. 13. Presentarse fuera del horario programado,
mismo que se les notifica a las y los aspirantes vía mensaje electrónico en
el Sistema de Mensajes del portal TrabajaEn. En términos generales las personas que participen
en los procesos de selección deberán poseer y exhibir las constancias
originales con las que acrediten su identidad y el cumplimiento de los
requisitos señalados en el perfil del puesto publicado en la presente
convocatoria, en caso de no acreditar alguno de los requisitos legales
señalados en las presentes bases de la convocatoria, o en el perfil del
puesto, la o el aspirante no podrá continuar el proceso de selección. |
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8.
Reactivación de Folio |
Los Comités Técnicos de Selección
de las plazas sujetas a concurso acordaron que no se permitirá la
reactivación de folios. |
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9.
Desarrollo del Concurso |
El concurso se conducirá de acuerdo
a la programación que se indica. Sin embargo, previo acuerdo del Comité
Técnico de Selección y previa notificación correspondiente a los aspirantes a
través del portal www.trabajaen.gob.mx podrán modificarse las fechas
indicadas cuando así resulte necesario. |
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10.
Temarios y Guías |
El temario referente a la
evaluación de conocimientos (capacidades técnicas) se encontrarán a
disposición de los aspirantes en la página electrónica de la Secretaría de
Desarrollo Social, ruta: www.sedesol.gob.mx/, Servicio Profesional de
Carrera/Ingreso/Guías de Estudio a partir de la fecha de publicación de la
presente convocatoria en el Diario Oficial de la Federación. |
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11.
Presentación de Evaluaciones |
La Secretaría de Desarrollo Social,
comunicará, con dos días hábiles de anticipación a cada aspirante, la fecha,
hora y lugar en que deberá presentarse para la aplicación de las evaluaciones
respectivas. Cabe señalar que las evaluaciones
de conocimientos, habilidades y el cotejo documental se llevarán a cabo en la
Ciudad de México en Paseo de la Reforma 51, piso 5, Col. Tabacalera,
Delegación Cuauhtémoc, C.P. 06030. Se solicita a los aspirantes
presentarse puntualmente informándoles que el tiempo de tolerancia será de 10
minutos ya que de presentarse posteriormente implica el descarte del proceso
de reclutamiento. |
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12. Procedimiento de revisión de la evaluación de
conocimientos (examen técnico) |
En apego a lo señalado por el numeral 219 de los DMPOARH, la revisión
de la evaluación de conocimientos (examen técnico), sólo podrá efectuarse
respecto de la correcta aplicación de las herramientas de evaluación, métodos
o procedimientos utilizados, sin que implique la entrega de los reactivos, ni
las opciones de respuesta. En ningún caso procederá la revisión respecto del
contenido o los criterios de evaluación. En caso de que un(a) aspirante requiera la revisión de la evaluación
de conocimientos (examen técnico), ésta deberá ser solicitada por escrito
dirigido al Comité Técnico de Selección dentro de un plazo máximo de tres
días hábiles contados a partir de la aplicación de la evaluación. |
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13.
Declaración de Concurso Desierto |
El Comité Técnico de Selección
podrá, considerando las circunstancias del caso, declarar desierto un
concurso: I.
Porque ningún candidato se presente al concurso, II. Porque ninguno de los
candidatos obtenga el puntaje mínimo de calificación para ser considerado
finalista, o III. Porque sólo un finalista
pase a la etapa de determinación y en ésta sea vetado o bien, no obtenga la
mayoría de los votos de los integrantes del Comité Técnico de Selección. En caso de declararse desierto el
concurso, se procederá a emitir una nueva convocatoria. |
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14.
Publicación de Resultados |
Los resultados de cada una de las
etapas del concurso serán publicados en el portal de www.trabajaen.gob.mx
identificándose al aspirante con su número de folio para el concurso. |
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15.
Cancelación de concursos |
De conformidad a lo señalado en el
numeral 248 de las DMPOARH, los Comités podrán cancelar algún concurso en los
supuestos siguientes: a) Cuando medie orden de autoridad
competente o exista disposición legal expresa que restrinja la ocupación del
puesto de que se trate, o b) El puesto de que se trate, se
apruebe como de libre designación (si el puesto se encuentra ocupado al
amparo del artículo 34 de la LSPC, deberá observarse, según corresponda, las
disposiciones aplicables para dejar sin efectos el nombramiento expedido
conforme al artículo 92 del RLSPC o reincorporar al servidor público de
carrera titular al puesto de que se trate, cuando el nombramiento haya sido
expedido en términos de lo previsto en el artículo 52 del Reglamento de
conformidad a lo dispuesto en el numeral 160 de las DMPOARH), o bien se
considere para dar cumplimiento a laudos o resoluciones que hayan causado
estado, en su caso, para restituir en sus derechos a alguna persona, o c) El Comité Técnico de
Profesionalización determine que se modifica o suprime del Catálogo el puesto
en cuestión. El acuerdo respectivo, además de
publicarse en el Diario Oficial de la Federación, se comunicará a las y los
aspirantes a través de los medios establecidos en la presente convocatoria. |
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16.
Suspensión de Concursos |
En los casos en que se determine la
suspensión del concurso en términos de lo dispuesto en el artículo 42 del
RLSPC, el Comité Técnico de Selección lo comunicará a los aspirantes que participen
en el mismo a través de los medios de comunicación señalados en la
convocatoria, dentro de los 5 días hábiles posteriores contados a partir de
la fecha en que se haya determinado la suspensión del concurso. Cuando la suspensión del concurso
obedezca al mantenimiento que en su caso requiera TrabajaEn, el Comité
Técnico de Selección reprogramará los plazos y términos que sean necesarios,
con el fin de propiciar condiciones de equidad en el concurso y evitar
afectar a cualquiera de los aspirantes, y en su caso, lo comunicará a estos a
través de los medios de comunicación señalados en la Convocatoria. |
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ETAPAS DEL CONCURSO |
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17.
Sistema de Puntuación |
El sistema de puntos se integra de la siguiente forma: a) Perfil, experiencia laboral y los requisitos legales requeridos. b) Evaluación de conocimientos, misma que considera la cantidad de
aciertos sobre el total de aciertos posibles. La calificación mínima
aprobatoria será de 70% sobre 100%. c) Para efectos de la evaluación de las habilidades, conforme a las
atribuciones estipuladas en la normatividad aplicable, los Comités han
determinado optar por llevar a cabo la aplicación de herramientas diversas a
las que la Secretaría de la Función Pública provee. Los resultados
aprobatorios obtenidos en evaluaciones anteriores no serán considerados para
las plazas incluidas en la presente convocatoria. Los puntajes obtenidos en el Examen de Conocimientos, Evaluaciones de
Habilidades, Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito, serán
considerados para elaborar el orden de prelación, de acuerdo a los
siguientes: Puntos de Ponderación
De no acreditar estos requisitos,
el aspirante no podrá ser considerado en el listado de prelación para ser sujeto
a entrevista. De conformidad a lo señalado por el
artículo 34 del RLSPC, el procedimiento de selección de las y los aspirantes
comprenderá las siguientes etapas: I.
Revisión curricular (Portal TrabajaEn) II.
Exámenes de Conocimientos y Evaluaciones de Habilidades. III.
Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito. IV.
Entrevista, y V.
Determinación. I. Etapa
de Revisión Curricular Con fundamento en el numeral 192 de
los DMPOARH, cualquier persona podrá incorporar en TrabajaEn, sin que medie
costo alguno, su información personal, curricular y profesional, con el fin
de participar en los concursos de ingreso al Sistema que resulten de su
interés. Una vez que la persona haya
incorporado la información necesaria para configurar su perfil profesional y
acepte las condiciones de uso y restricciones de registro. TrabajaEn le
asignará un número de folio de registro general. El hecho
de que le sea asignado un número de folio de
participación a la o el aspirante por el Portal TrabajaEn, significa que
acepta concursar de conformidad a lo estipulado en las presentes bases. El
folio servirá para formalizar su registro, así como para identificarlos
durante el desarrollo del proceso hasta antes de la entrevista por el Comité
Técnico de Selección, con el fin de asegurar así el anonimato de las y los
aspirantes. El hecho de que las y los
aspirantes pasen esta etapa, las y los obliga a poseer y exhibir las
constancias originales con que acrediten su identidad y el cumplimiento de
los requisitos señalados en el perfil del puesto publicado en la presente
convocatoria, lo que será verificado en el Cotejo Documental que se realiza
previo a la entrevista, en el que las y los aspirantes deberán acreditar los
requisitos legales contenidos en la presente convocatoria de conformidad a lo
señalado en los numerales 174 y 213 de las DMPOARH. II. Etapa de Exámenes de Conocimientos y Evaluaciones de Habilidades.
En la aplicación de las
evaluaciones se deberá observar lo señalado en el rubro denominado
Notificaciones y domicilio al que deberán acudir las y los aspirantes para el
desahogo de las etapas del Proceso de Selección. La aplicación de
Evaluaciones se llevará a cabo en las instalaciones de la SEDESOL o bien en
los domicilios que se les notifiquen a los aspirantes a través del sistema de
mensajes del Portal TrabajaEn y deberán respetarse las fechas y horarios
programados que se notifiquen a las y los aspirantes, de no presentarse estos
en el lugar, fecha y hora programados se procederá al descarte del concurso. La calificación mínima aprobatoria
para los exámenes de conocimientos (exámenes técnicos), debe ser igual o
superior a 70 puntos en todos los niveles jerárquicos o rangos que comprende
el Servicio Profesional de Carrera. Este examen será motivo de descarte en
caso de obtener una calificación inferior a 70 puntos. Las evaluaciones de habilidades
consistirán en la aplicación de herramientas para la medición de capacidades,
la cual no tendrá calificación mínima aprobatoria. Las evaluaciones de
habilidades no serán motivo de descarte. III. Etapa
de Evaluación de la Experiencia y Valoración del Mérito. Al inicio de esta etapa se llevará a cabo el
cotejo documental, que consistirá en la revisión y análisis de los documentos
que presenten las y los aspirantes con los que acrediten que cumplen con el
perfil de la plaza en concurso, en apego a lo dispuesto en el artículo 36 del
Reglamento de la Ley del Servicio Profesional de Carrera. La SEDESOL en todo
momento estará en oportunidad de constatar la autenticidad de la información
y documentación incorporada a los registros públicos o acudirá directamente
con las instancias y autoridades correspondientes. En los casos en que no se
acredite su autenticidad se descartará al candidato y se ejercerán las
acciones legales procedentes, en cumplimiento a lo señalado en el numeral 220
de las DMPOARH. Los datos que se asienten en el Currículum Vitae
Extenso deberán ser los mismos que la o el aspirante registró en el Sistema
TrabajaEn. De presentar mayor información en el currículum extenso que no
esté registrada en el currículum TrabajaEn, dicha información no será tomada
en cuenta. Las y los aspirantes estarán obligados a presentarse en la fecha,
lugar y hora programados para esta actividad, las cuales se les notificarán a
través del sistema de mensajes de TrabajaEn. Esta etapa se desarrollará de conformidad a la
Metodología y escalas de calificación de la Evaluación de la Experiencia y
Valoración del Mérito (www.spc.gob.mx, dando clic en Red de Ingreso). La
sesión en que tendrá verificativo la Evaluación de la Experiencia y la
Valoración del Mérito se llevará a cabo en sesión privada del Comité Técnico
de Selección a efecto de que se esté en oportunidad de convocar a los
candidatos a la siguiente etapa del proceso de selección, tal y como lo
indica el numeral 224 de las DMPOARH. IV.
Entrevista. De conformidad a lo señalado en el
artículo 36 del RLSPC El Comité Técnico de Selección, siguiendo el orden de
prelación de las y los candidatos, establecerá el número de aspirantes que
pasan a la etapa de entrevista y elegirá de entre ellos, a los que considere
aptos para el puesto. Los candidatos así seleccionados serán considerados
finalistas, En caso de que ninguno de los candidatos entrevistados sea
considerado finalista, el Comité Técnico de Selección continuará entrevistando
en el orden de prelación que les corresponda a los demás candidatos que
hubieren aprobado
; de igual forma, y en atención a lo dispuesto por el
numeral 184 frac. V de las DMPOARH, las Reglas de Valoración General
consideran, El número mínimo de candidatos a entrevistar, el cual será al
menos de cinco si el universo de candidatos lo permite. En el supuesto de que
el número de candidatos que aprueben las etapas señaladas en las fracciones
I, II y III del artículo 34 del Reglamento fuera menor al mínimo establecido
se deberá entrevistar a todos. El Comité Técnico de Selección para
la evaluación de las entrevistas, considerará los siguientes criterios: ·
Contexto ·
Estrategia o acción ·
Resultado, y ·
Participación Las entrevistas podrán realizarse a
través de medios electrónicos de comunicación, siempre y cuando la situación
así lo amerite, situación que se dejará asentada en el acta correspondiente. V. Etapa
de Determinación En esta etapa el Comité Técnico de
Selección (de acuerdo al numeral 235 de las DMPOARH), resuelve el proceso de
selección, mediante la emisión de determinación, declarando: a) Ganador(a) del concurso,
al o la finalista que obtenga la calificación más alta en el proceso de
selección, es decir, al de mayor Calificación Definitiva, y b) Al finalista con la
siguiente mayor Calificación Definitiva, que podrá llegar a ocupar el puesto
sujeto a concurso en el supuesto de que por causas ajenas a la dependencia,
el o la ganadora señalada en el inciso anterior: i. Comunique a la
dependencia, antes o en la fecha señalada para tal efecto en la
Determinación, su decisión de no ocupar el puesto, o ii. No se presente a tomar
posesión y ejercer las funciones del puesto en la fecha señalada, c) Desierto el concurso. Se considera finalista a la o el
candidato que acredite el Puntaje Mínimo de Aptitud en el Proceso de
Selección (que es el resultado obtenido de la suma de las etapas II, III y IV
del Sistema de Puntuación general), el cual deberá ser igual o superior a 70
puntos, en una escala de 0 a 100 puntos, en términos de lo dispuesto en los
artículos 32 de la LSPC, 40 fracción II del RLSPC y 232 de las DMPOARH. El requisito establecido en la fracción III del
artículo 21 de la LSPC se tendrá por acreditado cuando la o el aspirante sea
considerado (a) finalista por el Comité Técnico de Selección, toda vez que
tal circunstancia implica ser apto(a) para el desempeño del puesto en
concurso y susceptible de resultar ganador en cumplimiento a lo señalado en
el numeral 174 de las DMPOARH. |
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18.
Calendario |
El concurso se conducirá de acuerdo
a la Programación que se indica; por lo que se notificará el inicio de cada
etapa a las y los aspirantes a través del portal www.trabajaen.gob.mx, |
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Actividad |
Etapas del Concurso |
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Publicación de convocatoria |
01/02/2012 |
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Registro de aspirantes (en la
página www.trabajaen.gob.mx) |
01/02/2012 al 13/02/2012 |
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Revisión curricular (por la página
www.trabajaen.gob.mx) |
01/02/2012 al 13/02/2012 |
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Exámenes de conocimientos
(capacidades técnicas) |
A partir del 13/02/2012 |
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Evaluación de habilidades |
A partir del 13/02/2012 |
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Cotejo documental |
A partir del 13/02/2012 |
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Evaluación de Experiencia |
A partir del 13/02/2012 |
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Valoración del Mérito |
A partir del 13/02/2012 |
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Entrevista |
A partir del 13/02/2012 |
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Determinación |
A partir del 13/02/2012 |
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* Las fechas indicadas en el
presente calendario podrán modificarse cuando así resulte necesario, por lo
que podrán estar sujetas a cambio, y en los casos en que se requiera de la
presencia de los aspirantes, se les enviará la notificación con la fecha
reprogramada para desahogar la etapa o subetapa que corresponda, sin
responsabilidad por el cambio de fechas en el calendario para la SEDESOL. |
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19. Etapa
de entrevista |
Para esta plaza en concurso, el
Comité Técnico de Selección podrá entrevistar hasta 5 (cinco) candidatos,
conforme al orden de prelación que elabora la herramienta
www.trabajaen.gob.mx. En caso de empate en quinto lugar
de acuerdo con el orden de prelación pasaran a la etapa de entrevista el
total de aspirantes que compartan este lugar. Se consideran finalistas aquellos
candidatos a los que después de habérseles aplicado la entrevista y
ponderando los resultados obtenidos en las etapas previas obtengan una
calificación final de 70 o superior, debiéndose aplicar las ponderaciones
aprobadas por el Comité Técnico de Selección. |
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20. Determinación y Reserva |
Las y los finalistas que no sean
seleccionados como ganadores(as) del concurso por el Comité Técnico de
Selección, y que cumplan con un mínimo de 70 puntos de Aptitud en la
Calificación Definitiva en el Proceso de Selección se integrarán a la reserva
de aspirantes de la SEDESOL, con el fin de ocupar un puesto vacante del mismo
rango, e incluso de nivel adjunto, homólogo o afín en perfil y equivalente en
grupo y grado, o un puesto del rango inmediato inferior, cuando éste sea
homólogo o afín en perfil, a aquél por el que hubieren concursado. Para los
fines de la constitución y operación de la reserva no existirá orden de
prelación alguno entre los y las integrantes de la misma. Los resultados de la entrevista, se
registrarán en el acta correspondiente. Los aspirantes deberán obtener en
ésta una calificación ponderada de todas las evaluaciones de 70 puntos, para
ser considerados finalistas y parte de la Reserva de Aspirantes. |
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RESOLUCIÓN DE DUDAS |
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A efecto de garantizar la atención
y resolución de las dudas que los aspirantes formulen con relación a los
puestos y el proceso del presente concurso, se encuentra disponible el número
telefónico: 5141-7900 extensiones 55640, 55636 y 55638 para las Entidades
Federativas: 01 800 0073 705 mismas extensiones (sin costo alguno) con
horario de atención de lunes a viernes de 09:00 a 18:00 hrs. en la
Subdirección de Ingreso de la Secretaría de Desarrollo Social, ubicada en Av.
Paseo de la Reforma 51, piso 5º, Col. Tabacalera, Delegación Cuauhtémoc, C.P.
06030, México, D.F. |
Ciudad de México, D.F., a
24 de enero de 2012.
El Comité Técnico de
Selección
Sistema del Servicio
Profesional de Carrera en la Secretaría de Desarrollo Social
Igualdad de
Oportunidades, Mérito y Servicio
Por acuerdo de los Comités
Técnicos de Selección
El Secretario Técnico
Lic. Luis Gutiérrez Aguirre
Rúbrica.
(R.- 006571)