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DOF: 14/06/2024 |
AVISO mediante el cual la Autoridad Investigadora del Instituto Federal de Telecomunicaciones informa sobre el inicio de la investigación por denuncia, por la probable comisión de prácticas monopólicas absolutas en el mercado de servicios de terminación AVISO mediante el cual la Autoridad Investigadora del Instituto Federal de Telecomunicaciones informa sobre el inicio de la investigación por denuncia, por la probable comisión de prácticas monopólicas absolutas en el mercado de servicios de terminación de tráfico de mensajes cortos (SMS) de aplicación a persona (A2P), radicada bajo el número de expediente AI/DE-002-2024. Al margen un logotipo, que dice: Instituto Federal de Telecomunicaciones.- Autoridad Investigadora. AVISO MEDIANTE EL CUAL LA AUTORIDAD INVESTIGADORA DEL INSTITUTO FEDERAL DE TELECOMUNICACIONES INFORMA SOBRE EL INICIO DE LA INVESTIGACIÓN POR DENUNCIA, POR LA PROBABLE COMISIÓN DE PRÁCTICAS MONOPÓLICAS ABSOLUTAS EN EL MERCADO DE SERVICIOS DE TERMINACIÓN DE TRÁFICO DE MENSAJES CORTOS (SMS) DE APLICACIÓN A PERSONA (A2P), RADICADA BAJO EL NÚMERO DE EXPEDIENTE AI/DE-002-2024. Con fundamento en los artículos 28, párrafos décimo quinto y décimo sexto, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; 7, párrafos primero y tercero, 15, fracciones XVIII y LXIII, 26 y 28, fracción V, de la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión; 5, párrafo primero, 12, fracciones I y XXX, 28, fracciones I y XI, 53, fracciones III y V, 66, 67, 69, fracción I, 71 y 117 de la Ley Federal de Competencia Económica; 35, 58 y 60 de las Disposiciones Regulatorias de la Ley Federal de Competencia Económica para los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión; 2, párrafo primero, fracciones I y II, de los Lineamientos para la sustanciación de las investigaciones, procedimientos y trámites a cargo de la Autoridad Investigadora del Instituto Federal de Telecomunicaciones, a través de medios electrónicos; así como 1, párrafos primero y tercero, 4, fracción VI, 62, fracciones VII, XXIX, XLVIII y L, 63, fracción I, y 64, fracciones I y IX, del Estatuto Orgánico del Instituto Federal de Telecomunicaciones, y de conformidad con lo establecido en el acuerdo emitido por la suscrita Titular de la Autoridad Investigadora del Instituto Federal de Telecomunicaciones el treinta de abril de dos mil veinticuatro, se inició la investigación por denuncia, respecto de la existencia de conductas que pudieran constituir las prácticas monopólicas absolutas previstas en el artículo 53, fracciones III y V de la Ley Federal de Competencia Económica, consistentes en contratos, convenios, arreglos o combinaciones entre agentes económicos competidores entre sí, cuyo objeto o efecto sea dividir, distribuir, asignar o imponer porciones o segmentos de un mercado actual o potencial de bienes y servicios, mediante clientela, proveedores, tiempos o espacios determinados o determinables, así como intercambiar información con alguno de estos objetos o efectos, en el mercado de servicios de terminación de tráfico de mensajes cortos (SMS) de aplicación a persona (A2P); y se radicó bajo el número de expediente AI/DE-002-2024. La investigación tiene como finalidad indagar la probable comisión de prácticas monopólicas absolutas y no prejuzga sobre la responsabilidad de agente económico alguno, toda vez que constituye una actuación de la Autoridad Investigadora del Instituto Federal de Telecomunicaciones tendiente a verificar la observancia de la Ley Federal de Competencia Económica, por lo que sólo en caso de existir elementos suficientes para sustentar la actualización de contravenciones a la ley, se procederá en términos del artículo 78, fracción I, de la Ley Federal de Competencia Económica. El periodo de investigación no podrá ser inferior a treinta ni exceder de ciento veinte días hábiles; comenzó a contar a partir de la emisión del mencionado acuerdo de fecha treinta de abril de dos mil veinticuatro, y podrá ser ampliado hasta en cuatro ocasiones por periodos de hasta ciento veinte días hábiles cuando existan causas debidamente justificadas para ello, a juicio de la Autoridad Investigadora. La Dirección General de Prácticas Monopólicas y Concentraciones Ilícitas, adscrita a la Autoridad Investigadora, está sustanciando la investigación. El presente aviso se publica con el objeto de que cualquier persona pueda coadyuvar o aportar elementos durante la investigación. De conformidad con los artículos 118 de la Ley Federal de Competencia Económica; 158 de las Disposiciones Regulatorias de la Ley Federal de Competencia Económica para los sectores de telecomunicaciones y radiodifusión; así como 2, párrafo primero, fracción II, y Transitorio Tercero, párrafo tercero, de los Lineamientos para la sustanciación de las investigaciones, procedimientos y trámites a cargo de la Autoridad Investigadora del Instituto Federal de Telecomunicaciones, a través de medios electrónicos, la presente investigación se sustancia por medios electrónicos. Por lo tanto, todas las promociones relacionadas con la presente investigación deberán presentarse a través del Sistema Electrónico para sustanciar investigaciones, procedimientos y trámites a cargo de la Autoridad Investigadora del Instituto Federal de Telecomunicaciones (SEAI), accesible en la página de internet: https://seai.ift.org.mx/seaiweb. En la Ciudad de México, a tres de junio de dos mil veinticuatro.- Así lo proveyó y firma la Titular de la Autoridad Investigadora del Instituto Federal de Telecomunicaciones, Paulina Martínez Youn.- Rúbrica.- Conste. (R.- 553858)
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